El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Jujuy aclaró que los tribunales en lo criminal, juzgados de ejecución penal y a la Cámara de Casación tienen la potestad de analizar los pedidos de prisión domiciliaria de reclusos incluidos en grupos de riesgo ante la pandemia de coronavirus.
En un comunicado distribuido por fuentes judiciales, el presidente de la Corte, Sergio Jenefes, informó con el fin "de aclarar trascendidos y publicaciones periodísticas" que los tribunales "competentes" son los "encargados de analizar cada una de las presentaciones realizadas resolviendo en consideración de cada situación particular".
También informó Jenefes que el STJ no hizo lugar a un hábeas corpus correctivo y colectivo presentado el último 3 de abril por la abogada Ivone Haquim, en representación de los "detenidos y/o alojados en el Servicio Penitenciario provincial".
Sobre ese punto, afirmó que el STJ "no resolverá de oficio sobre la situación de las personas privadas de su libertad de manera general o colectiva".
Por último, Jenefes sostuvo que "en cada una de sus competencias" el Poder Judicial "se encuentra cumpliendo funciones para asegurar los derechos y garantías de los ciudadanos, con especial hincapié en resguardar la salud individual y pública en el contexto de una pandemia que afecta a la población en general".