Los diputados provinciales aprobaron por unanimidad la modificación del artículo 51 de la Ley Impositiva N° 1590 y de acuerdo a lo establecido en la Ley 256 del código fiscal respecto de reducir las alícuotas especiales que comprende a actividades como Refinería de petróleo y fabricación de productos diversos derivados del petróleo al 0,50%, las actividades de producción primaria, excepto los ingresos por ventas a los consumidores finales que quedan alcanzados por la alícuota general, en tanto no tengan otro tratamiento en esta ley u otra Ley al 0,75% lo cual redunda en un beneficio necesario respecto de las inundaciones que sufre el sector.
Las actividades de producción secundaria, excepto los ingresos por ventas a consumidores finales que quedan alcanzados a la alícuota general, en tanto no tengan otro tratamiento en esta u otra Ley al 1,5%.
Para las actividades de comercialización de combustibles derivados del petróleo un 2% como así también al transporte de carga y pasajeros. Para las actividades de la construcción un 2,5%, para el servicio de transmisión de sonido, imágenes, datos u otra información (incluye el servicio de proveedores de acceso a Internet vía cable, teléfono móvil, inalámbrica o satélite) al 4%.
Para la venta de equipos de telefonía celular móvil, alquiler de explotación de inmuebles para fiestas, convenciones y otros eventos similares, inclusive todas las actividades que se desarrollen dentro del local a través del contribuyente o tercero al 5 %.
Para préstamos de dinero, descuentos de documentos de terceros y demás operaciones efectuadas por los Bancos y otras instituciones sujetas al régimen de la Ley de Entidades Financieras y para las operaciones celebradas por dichas entidades financieras que tienen por objeto la constitución de leasing, servicios de comunicación por medio de telefonía móvil, explotación de juegos de azar en casinos, salas de juegos o similares de un 5,50%.
Para los servicios financieros como: crédito para financiar actividades económicas, servicios de agentes de mercado abierto "puros", servicios de entidades de tarjeta de compra y/o crédito. Servicios de financiación y actividades financieras (inversión en acciones o títulos, fondos comunes de inversión, etc). Otros servicios de crédito al 7%.
Respecto de los hoteles alojamiento, transitorios o casa de citas, boites, cabarets o análogos al 15%.Todas estas modificaciones regirán a partir del ejercicio fiscal 2019 en adelante y fue aprobado por unanimidad.
En la misma sesión el oficialismo aprobó la cuenta de inversión del Presupuesto 2018 con una reconversión de partidas que sumaron 8300 millones de pesos pero en esta oportunidad la oposición no dio su voto considerando que a pesar del superávit y las cuentas balanceadas que el gobernador manifiesta en todos sus discursos, de la misma manera todos los años se renueva la emergencia económica a través de la misma legislatura.
Por otra parte también criticaron el otorgamiento del mismo cuerpo que le otorgó la suma del poder para modificar las partidas sin tener que rendir cuentas al Poder Legislativo y con absoluta discrecionalidad por lo que no acompañó la aprobación del estado de cuentas.