Tras la implementación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de nuevos topes para las transacciones en bancos y billeteras virtuales como Mercado Pago, los usuarios pueden enfrentar dudas al manejar cantidades considerables de dinero sin una debida justificación.
Cuáles son los topes que controla la AFIP
Esta medida fue comunicada en el boletín oficial, en la Resolución 5512/2024 en donde se detalla: “Se implementó un régimen de información para los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, por cuenta y orden de personas humanas o jurídicas residentes en el país o en el exterior”.
La medida entró en vigencia a partir el 1 de junio. “Esta Administración Federal actualizará cada SEIS (6) meses los importes previstos en este artículo sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC), conforme a los valores suministrados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y los publicará en los meses de junio y diciembre de cada año en el sitio “web” institucional (https://www.afip.gob.ar)”, indicó.
De acuerdo con la resolución citada, los bancos y las plataformas digitales deben informar a la AFIP sobre las siguientes operaciones:
- Bancos: las acreditaciones, extracciones, saldos de cuentas y depósitos a plazo fijo deben ser reportados a la AFIP si alcanzan los $700.000 mensuales.
- Tarjetas de Crédito: los consumos que superen los $400.000 (excluyendo retiros en efectivo) deben ser informados.
- Plataformas Digitales: los ingresos o egresos mensuales deben ser reportados si alcanzan los $400.000, y el saldo mínimo al último día hábil del mes debe ser de $700.000. Además, cualquier transferencia que supere los $400.000 también debe ser reportada.
Qué sucede al no justificar los montos
Si un usuario supera los montos comunicados a la AFIP, el organismo podría contactar al titular de la cuenta para requerir la presentación de documentos que justifiquen el origen de los fondos. Entre los papeles que se solicitan, podrían incluirse:
- Facturas emitidas en los últimos seis meses
- Comprobantes de cobros jubilatorios
- Recibos de sueldo
- Certificados de ingresos que emitidos por contadores públicos
Ante el caso de que no se pueda demostrar el origen de los fondos, existe la posibilidad de que se rechacen las transferencias, se congelen los saldos y se bloqueen las cuentas. Además, la AFIP podría iniciar una intimación para que se declare el origen de los fondos.