A partir de este lunes 2 de enero, comienza a estar vigente la posibilidad de pedirle a Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la devolución del 35% de las percepciones realizadas entre enero y diciembre de 2022.
Las mismas solo se aplican en el porcentaje mencionado del Impuesto a las Ganancias, por lo que excluye al 30% del impuesto PAÍS.
Los usuarios de tarjetas de crédito y débito, además de aquellos ahorristas que compraron dólar oficial, podrán acceder a esto. La Resolución General 4815 también incluye a aquellos que realizaron compras en dólares para servicios al exterior, tales como las plataformas de streaming, Netflix y Spotify, así como los que adquirieron pasajes y servicios turísticos fuera del país.
Cómo acceder a la devolución del 35%
Para poder acceder al reintegro del Impuesto a las Ganancias, es necesario contar con CUIT, Clave Fiscal nivel 2 o superior, además de informar a la AFIP el CBU, para que se puedan acreditar los fondos.
Además, no se debe estar inscripto en el Impuesto a las Ganancias, y tampoco a Bienes Personales.
Para realizar el trámite se debe hacer una presentación por cada mes de percepción. Ello se realiza en la página de la AFIP, en la solapa “Mis Retenciones”. A posteriori, en “Devolución de Percepciones AFIP”, se las debería encontrar precargadas o incluso se pueden cargar de forma manual.