Fallo sobre divorcios: rechazan envío de expediente al juez de la ciudad donde vive el hijo menor de edad

Un juez de esta capital sostuvo que nada impide que las cuestiones vinculadas al divorcio de los padres sean tratadas por un juzgado diferente al que resuelve lo relativo a los hijos.

Fallo sobre divorcios: rechazan envío de expediente al juez de la ciudad donde vive el hijo menor de edad
El fallo sobre divorcios se dio en la provincia de Córdoba\u002E

El Juzgado de Familia de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba resolvió mantener su competencia para declarar el divorcio de las partes, a pesar de que la cónyuge y el hijo de la pareja vivían en la ciudad de Río Cuarto.

El juez Gabriel Tavip resaltó que la ley vigente establece sólo dos opciones en relación a qué tribunal debe entender en el proceso de divorcio iniciado por una de las partes: el del último domicilio conyugal o el del domicilio del demandado, a elección del actor.

El magistrado explicó que, aunque la pareja tenga hijos y existan causas judiciales vinculadas a ellos, la legislación vigente ha previsto una clara distinción entre las cuestiones referidas a los esposos, por un lado, y las relativas a la parentalidad, por otro.

El fallo fue dado a conocer por los Tribunales de Familia de Córdoba, y está referido a los divorcios.
El fallo fue dado a conocer por los Tribunales de Familia de Córdoba, y está referido a los divorcios.

En este sentido, el juez Tavip sostuvo: "Pretender hacer prevalecer la competencia en materia de divorcio en base al lugar donde se encuentran radicadas causas relativas a la responsabilidad parental de los hijos comunes (…) resulta erróneo, contrario a derecho y enfrentado con las normas de orden público que regulan lo relativo a la competencia de los jueces".

En la resolución, el magistrado concluyó que se encontraba acreditado que el último domicilio de la pareja había sido en la ciudad de Córdoba, lo que habilitaba su competencia.