La Cámara 3° Civil y Comercial de la ciudad Córdoba confirmó la condena impuesta, en primera instancia, a la Municipalidad de Córdoba y a un quiosco bar, quienes deberán indemnizar los daños causados por la caída de la rama de un jacarandá en la calle.
En el hecho, la rama cayó sobre la cabeza de un cliente del establecimiento que estaba sentado consumiendo en la vereda; la víctima quedó inconsciente. El suceso ocurrió en la plazoleta ubicada en el centro de la ciudad de Córdoba.
La sentencia ordena reparar el lucro cesante y eleva la indemnización por pérdida de chance, montos que ascienden a la suma total de 359.618,90 pesos, más intereses.
La sentencia atribuyó la responsabilidad al Estado Municipal conjuntamente con el bar, pues éste último no garantizó la seguridad de su consumidor ni cumplió con el deber que tiene toda persona de evitar que se cause un daño, en la medida de lo posible, precisó el portal Justicia Córdoba.
Los vocales distinguieron, por un lado, que el municipio es responsable del daño, porque las tareas de corte y poda del arbolado público están exclusivamente a su cargo. "Los particulares no pueden por sí solos sacar o podar un árbol cuando presente riesgo de caída", expresaron los jueces.
Por otra parte, sostuvieron que, como la víctima estaba consumiendo en el establecimiento, éste también debe responder. Esto, puesto que, según la Ley de Defensa del Consumidor, los proveedores deben garantizar la seguridad del cliente durante el consumo.
Las pruebas demostraron que los encargados del bar conocían el deterioro del árbol y que aun así colocaron mesas y sillas para el consumo cerca de él. Se probó "que el actor estaba sentado desmayado con el árbol encima sobre la espalda, que la mesa quedó en el suelo con los vasos, las pertenencias, que todo se cayó al suelo", manifestaron los jueces.
El Tribunal explicó que, además del deber de seguridad, la sociedad explotadora del bar podía prevenir el daño y tenía la obligación de hacerlo, en la medida de lo posible.
Los camaristas advirtieron que hay deber de prevenir un perjuicio y no esperar hasta que ocurra, pues "es injusto y reprochable permanecer sin reacción cuando se afronta una fuente que genera y seguirá produciendo daños".