El Instituto de Seguridad Social y Seguros informó que los afiliados deben atenderse con médicos prestadores de la obra social, y que si deciden atenderse con profesionales que no lo sean, solo se reintegrará el valor de la prestación a los mismos valores que reconoce a prestadores propios.
Esta resolución fue establecida por la Cámara de Apelaciones de Trelew en el marco de la presentación de un afiliado (actuaciones caratuladas "N.N c/ISSyS s/Amparo -expdte N°343/2018-) que reclamaba a SEROS el pago de la totalidad de honorarios de su médico tratante no prestador de la obra social.
A partir de esto, la Justicia resolvió el rechazo del reclamo y se definió que en el caso de que el afiliado opte por atenderse con un profesional no prestador, SEROS solo está obligado a reintegrar los mismo valores que se paga por idéntica práctica con prestadores propios.