La intervención en el mercado, en particular, proporciona una red de seguridad en caso de desequilibrio grave del mercado, en forma de intervención pública y ayuda al almacenamiento privado. Es interesante para ver en nuestro país como se puede ayudar a un sector como el lácteo, que sabemos está sujeto a todos los avatares conocidos que pueden influir en su producción/comercialización en un tiempo determinado, pero sin llegar a la distorsión.
Intervención pública
La intervención pública consiste en la compra de un bien por parte de las autoridades públicas y su almacenamiento público durante el tiempo que sea necesario, hasta que las condiciones permitan su devolución al mercado. En el caso del sector lácteo, se dispone de intervención pública para la manteca y la leche en polvo descremada (LPD). Entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de cada año, los operadores privados pueden ofrecer una cantidad máxima de 109.000 toneladas de LPD y 50.000 toneladas de manteca que cumplen con requisitos de calidad específicos, que se pueden comprar a un precio fijo.
Una vez alcanzados estos volúmenes, la intervención continúa por licitación hasta el final del período de intervención. Las existencias de intervención pública se vuelven a vender en el mercado mediante un procedimiento de licitación, abierto por un reglamento de la Comisión Europea (CE).
Ayudas para el almacenamiento privado
La ayuda para el almacenamiento privado es otro mecanismo mediante el cual la UE protege al sector lácteo de las perturbaciones del mercado. Esta ayuda está disponible para la manteca, LPD y los quesos con denominación de origen protegida (DOP)/ indicación geográfica protegida (IGP). Esta ayuda cubre parte de los costos de almacenamiento mientras los productos se retiran temporalmente del mercado.
La apertura no es automática (a diferencia de la intervención pública) y requiere la adopción de un reglamento de la CE. Los planes de almacenamiento privado de manteca y LPD suelen financiar los costos durante un período mínimo de 90 días y un máximo de 210 días (esto se define en el reglamento de la CE que abre el plan). La ayuda suele comprender un valor fijo por tonelada más una cantidad diaria por tonelada.
Comercio con países no pertenecientes a la UE
La UE es un importante exportador de productos lácteos y es el mayor exportador de queso y LPD del mundo. Las exportaciones de productos lácteos en el marco de determinados contingentes abiertos por terceros países están sujetas a la expedición de una licencia de exportación. Se aplica un régimen de importación a la entrada de productos lácteos en la UE.
Las importaciones preferenciales están sujetas a licencias de importación y, en general, al pago de un derecho (arancel). Varios acuerdos comerciales, multilaterales y bilaterales, han dado lugar a importaciones preferenciales con derechos reducidos o nulos.