El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°16 condenó a tres años de prisión en suspenso a siete jóvenes por lesionar gravemente a Jonathan Castellari, en diciembre del año pasado.
Gastón Trotta, Alejandro Trotta, Rodrigo Cardozo, Juan Ignacio Olivieri, Facundo Curto, Juan Bautista Antolini y Jonathan Romero habían reconocido su culpabilidad a través de un acuerdo de juicio abreviado firmado con el fiscal Fernando Fiszer.
El 1° de diciembre de 2017, cerca de las 06.30, la víctima se encontraba con un amigo dentro de un local de comidas rápidas ubicado sobre la avenida Córdoba al 3800.
En ese momento, ingresaron los imputados y después de mantener un breve diálogo comenzaron a agredirlo por su orientación sexual para luego increparlo y que la situación continuara fuera del lugar.
Cuando ya estaba en el estacionamiento y mientras discutía con él, Alejandro Trotta lo golpeó desde atrás. Luego, se le abalanzaron el resto de los acusados que le pegaron puñetazos y patadas mientras también lo agredían verbalmente.
El amigo de la víctima intervino y comenzó a gritar que le iba a rayar el auto a uno de los imputados, lo que produjo que se distrajeran, situación que Castellari utilizó para huir.
Fue asistido por varias personas y después fue trasladado hasta el Sanatorio Güemes.
Allí, le diagnosticaron traumatismos en ambos ojos; fractura de piso y cara interna de la órbita derecha; rotura y fisura de los dientes centrales; distensión muscular; y excoriaciones y hematomas en el cuerpo. Luego de este episodio comenzó a sufrir ataques de pánico, lo que lo obligó a someterse a un tratamiento psiquiátrico y psicológico.
La agresión no sólo fue relatada por la víctima y su amigo sino también por el gerente del local y por una empleada, quienes relataron que los imputados insultaban a Castellari por su condición sexual.
En sus descargos, los siete hombres habían asegurado que se enteraron de que el joven era gay a través de los medios de comunicación cuando se hizo público el hecho.
En la causa también se obtuvo una filmación donde se observa parte de la agresión. A eso se le sumó el audio de uno de los llamados al 911 que se hicieron aquella mañana donde una mujer aseguró: “vinieron unos chicos alcoholizados y golpearon a dos chicos gay y uno estaba con el ojo grave”.
Para los jueces María Cristina Bertola, Gustavo González Ferrari e Inés Cantisani, los siete son responsables del delito de "lesiones graves calificadas por haber sido cometidas con odio hacia la orientación sexual".
Los magistrados consideraron que tendrán que ser monitoreados por la Dirección de Asistencia y Control para Ejecución Penal y deberán realizar 96 horas de tareas comunitarias en el Servicio de Endocrinología del Hospital Fernández de esta Ciudad.
La Fiscalía, en el acuerdo de juicio abreviado, había propuesto que cumplieran las tareas también en el Bachillerato Popular Trans “Mocha Celis” y en la Casa Trans. El Tribunal sí hizo lugar a que realizaran el curso sobre “Discriminación y Derechos” dictado por el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI).
Por la Corresponsalía de Buenos Aires.