La justicia porteña hizo lugar -parcialmente- a la demanda de una vecina que se fracturó tras una caída en la vía pública a causa de una vereda mojada y enjabonada, consignó el portal ijudicial.
La demandante recibirá 88 mil pesos de indemnización en concepto de daño moral, incapacidad física sobreviniente, daño psicológico y gastos de movilidad, terapéuticos futuros y medicamentos.
El titular del juzgado n.º 13 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Guillermo Scheibler, hizo lugar parcialmente a la demanda de una vecina contra el Consorcio de copropietarios del edificio ubicado en la Avenida Rivadavia 3128, 3130, 3132, 3134 tras haber sufrido lesiones por una caída en la vereda.
![Portero lava la vereda](https://www.viapais.com.ar/resizer/v2/GA4DAYRQMI2GCNBTGU4GMNZWMM.jpg?auth=ccefd1a15df44a4ef59f558feb6cf0e71a121f47703c25af8cf083cc0fb17107&width=768&height=434)
El accidente ocurrió en octubre de 2010, cuando la demandante se resbaló y cayó en la acera frente a la numeración 3134 de la Avenida Rivadavia. En consecuencia, la mujer sufrió una fractura de la rótula de su rodilla izquierda, y deberá recibir por tiempo indeterminado sesiones de fisioterapia y kinesiología ya que no puede ser intervenida quirúrgicamente dada la diagnosis que presenta a nivel cardiovascular.
En primer lugar, el magistrado señaló que "se encuentra debidamente acreditado que al momento del accidente sufrido por la accionante la vereda a la altura de Rivadavia 3134 se encontraba mojada y enjabonada, lo que da cuenta del incumplimiento por parte del propietario frentista de lo estipulado en la ordenanza 33.581", la cual establece que "las tareas [de lavado y barrido] se efectuarán sin entorpecer ni molestar el tránsito de los peatones" y entre las 22 y 9 horas.