La justicia porteña hizo lugar -parcialmente- a la demanda de una vecina que se fracturó tras una caída en la vía pública a causa de una vereda mojada y enjabonada, consignó el portal ijudicial.
La demandante recibirá 88 mil pesos de indemnización en concepto de daño moral, incapacidad física sobreviniente, daño psicológico y gastos de movilidad, terapéuticos futuros y medicamentos.
El titular del juzgado n.º 13 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Guillermo Scheibler, hizo lugar parcialmente a la demanda de una vecina contra el Consorcio de copropietarios del edificio ubicado en la Avenida Rivadavia 3128, 3130, 3132, 3134 tras haber sufrido lesiones por una caída en la vereda.
El accidente ocurrió en octubre de 2010, cuando la demandante se resbaló y cayó en la acera frente a la numeración 3134 de la Avenida Rivadavia. En consecuencia, la mujer sufrió una fractura de la rótula de su rodilla izquierda, y deberá recibir por tiempo indeterminado sesiones de fisioterapia y kinesiología ya que no puede ser intervenida quirúrgicamente dada la diagnosis que presenta a nivel cardiovascular.
En primer lugar, el magistrado señaló que "se encuentra debidamente acreditado que al momento del accidente sufrido por la accionante la vereda a la altura de Rivadavia 3134 se encontraba mojada y enjabonada, lo que da cuenta del incumplimiento por parte del propietario frentista de lo estipulado en la ordenanza 33.581", la cual establece que "las tareas [de lavado y barrido] se efectuarán sin entorpecer ni molestar el tránsito de los peatones" y entre las 22 y 9 horas.