El Gobierno nacional comunicó este lunes a través del Boletín Oficial que les reconocerá “a las mujeres y/o personas gestantes” hasta 3 años de servicios por cada hijo, para que puedan completar los 30 años de aportes y finalmente puedan jubilarse.
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El presidente Alberto Fernández firmó este decreto de necesidad y urgencia que beneficiará a más de 155 mil mujeres de entre 60 y 64 años. Con el correr de los meses, a medida que vayan cumpliendo la edad de jubilación (60 años), se espera que se sumen aún más beneficiarias.
Un alto porcentaje de mujeres y personas gestantes que tienen hijos tienden a no alcanzar los 30 años de aportes jubilatorios. Esto se debe, además de a la informalidad y el desempleo, a los meses de embarazo, lactancia y cuidados de los hijos.
Según los registros de la AnSeS, el 44% de las mujeres en edad jubilatoria no puede jubilarse. La novedad forma parte del “Programa Integral de Reconocimiento de Períodos de Servicio por Tareas de Cuidado” que, además, se aplica en muchos países de Sudamérica.
Se podrá complementar con los años que esas mujeres pueden regularizar a través de la moratoria de la ley 26.970. Esta se encuentra vigente hasta julio de 2022, y las mujeres pueden regularizar años de aportes por el período que va del 1 de enero de 1955 al 31 de diciembre de 2003.
Además, en uno de los artículos del decreto se incluye el período de licencia por maternidad para el cómputo de “las prestaciones de retiro transitorio por invalidez o de la pensión por fallecimiento del afiliado o de la afiliada en actividad”.
Asimismo, en el decreto se aclara que los beneficios regirán “sólo para las prestaciones que se soliciten a partir de la vigencia del mismo”.
El decreto entra en vigencia desde hoy y cuenta con la firma del presidente Alberto Fernández y todos los ministros del gabinete nacional.
El Decreto 475/21 publicado en la edición de hoy del Boletín Oficial lleva la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y todos los ministros y ministras que integran el Gabinete nacional.
Un informe de Unicef y la dirección de Economía y Género del Ministerio de Economía reveló que “las mujeres a cargo de hogares con niñas, niños y adolescentes son las más afectadas por la crisis”.
Señala que “enfrentan una peor inserción en el mercado laboral (mayores niveles de informalidad, mayor inestabilidad, salarios más bajos) a la vez que experimentan una pobreza de tiempo profundizada por la pandemia”.
“Como consecuencia de esto, cae su tasa de participación económica y aumenta su desempleo, lo cual incrementa los niveles de pobreza e indigencia en sus hogares”. Por último, informan que quienes “están a cargo de hogares con niños, niñas y adolescentes son quienes enfrentan los mayores obstáculos para reincorporarse a la vida laboral y mantener sus puestos o buscar un nuevo empleo”
Algunos puntos importantes del decreto:
- Las mujeres y/o personas gestantes podrán computar UN (1) año de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida.
- En caso de adopción de personas menores de edad, la mujer adoptante computará DOS (2) años de servicios por cada hijo y/o hija adoptado y/o adoptada”.
- Se reconocerá UN (1) año de servicio adicional por cada hijo y/o hija con discapacidad, que haya nacido con vida o haya sido adoptado y/o adoptada que sea menor de edad.
- Aquellas personas que hayan accedido a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social por el período de, al menos, DOCE (12) meses continuos o discontinuos podrán computar, además, otros DOS (2) años adicionales de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida o haya sido adoptado y/o adoptada que sea menor de edad.
- El 95% de las personas titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social son mujeres, que no solo están atravesadas por la acumulación de desventajas en virtud de su condición de género, sino que también acumulan desventajas asociadas a su situación socioeconómica.
- A las mujeres y personas gestantes que hagan uso del período de licencia por maternidad y por excedencia se les reconocerá dicho plazo como período de servicio, “siempre que se verifique que la mujer y/o persona gestante haya retornado a la misma actividad que realizaba al inicio de la licencia o del período de excedencia”.