La AFIP lanza una billetera electrónica para pagar Ganancias, IVA y Bienes Personales

Los contribuyentes podrán cargar dinero desde una plataforma digital. Cómo funciona.

La AFIP lanza una billetera electrónica para pagar Ganancias, IVA y Bienes Personales
Se podrá gestionar el CUIT en forma digital

La AFIP anunció la creación de una billetera electrónica que beneficiará a más de tres millones de contribuyentes que podrán cargar dinero desde una plataforma digital con apenas dos datos: una CUIT y el monto a transferir.

La herramienta, que se oficializará este jueves a través de su publicación en el Boletín Oficial, estará disponible en la página web del organismo, simplificará el proceso de pago ya que, a diferencia de las plataformas vigentes, no exige cargar el código del impuesto ni el período fiscal.

"Desde esta nueva plataforma se podrán pagar anticipos, saldos de las declaraciones juradas, intereses de cualquier tipo, multas y pagos a cuenta de retenciones o percepciones. Abarca el pago de Ganancias, Bienes Personales, IVA y determinados tributos a la Seguridad Social", informó el organismo a través de un comunicado

Para acceder, se podrá utilizar el servicio de homebanking a través del sitio web de la AFIP. Una vez que se ingresa, el menú exhibirá al contribuyente la opción "Carga Billetera AFIP", que deberá completar con su número de CUIT e importe, igual o superior a los 1.200 pesos.

Una vez realizado el pago, el importe se cargará en la transacción "Billetera Electrónica", que se encuentra en el Sistema de Cuentas Tributarias (SCT).

En dicho sistema, el contribuyente seleccionará los impuestos que pretende pagar. Luego se le generará un comprobante de pago por esos conceptos y se le descontará automáticamente el importe cargado inicialmente.

La billetera electrónica también contempla una nueva modalidad de pago a través de la Transferencia Bancaria Internacional (TBI) desde el exterior del país.

En una segunda etapa, está previsto que la Billetera Electrónica AFIP permita abonar el Monotributo y los aportes y contribuciones de los trabajadores de casas particulares.