Un nuevo régimen excepcional de facilidades de pago para deudas vencidas y exigibles al 31 de mayo de este año, puso en marcha la Dirección General de Rentas.
El subdirector de Rentas Juan Fernández, señaló que "la moratoria va a tener vigencia hasta el 30 de noviembre de este año, un plazo amplio para que los contribuyentes puedan regularizar las deudas que tienen con el fisco". Explicó que la modalidad es a través de la web y mediante el uso de la clave fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El funcionario indicó que "las condiciones son tener cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias, cuyos vencimientos operen a partir del 1 de junio del corriente año, al momento de solicitar el acogimiento al plan". Lla moratoria tendrá una importante reducción en los intereses, continuó diciendo.
Felipe Carrizo, jefe de la División Normas Tributarias, aclaró que con la clave fiscal y el domicilio fiscal electrónico en la Dirección de Rentas, "el contribuyente puede acceder al link de servicio con clave fiscal donde se abren accesos a las presentaciones que el usuario quiere adherir. Este plan de facilidad de pago no es de respuesta inmediata".