Muerte de un nicoleño en Punta Stage: confirman procesamiento a los organizadores

Novedades en la tragedia y conclusiones de la investigación. 

Muerte de un nicoleño en Punta Stage: confirman procesamiento a los organizadores
Complejo Punta Stage

Es por la tragedia sucedida en el complejo Punta Stage de Arroyo Seco.

Durante la fiesta electrónica de ese día fallecieron Giuliana Maldovan ( 20 años) y el nicoleño Lucas Liveratore (34).Los organizadores de la fiesta habían sido procesados con prisión preventiva y ahora la sala de apelaciones confirmó dicha medida.

La sala A de la cámara Federal de apelaciones de Rosario confirmó la resolución del juez federal Carlos Bera Barros; quien había dispuesto el procesamiento con prisión preventiva de los organizadores de la fiesta privada "Sasha's New Year Eve Party", realizada el 31 de diciembre de 2016 en el complejo Punta Stage de Arroyo Seco, en la que fallecieron dos jóvenes en donde se investiga la muerte como consecuencia de la ingesta de estupefacientes en el lugar.

La Fiscalía Regional N°2 de Rosario investigaba la muerte de Guiliana Maldovan, mientras que la UFI N°3 de San Nicolás desarrollaba una pesquisa para establecer las causas del fallecimiento de Lucas Liveratore. Ambos jóvenes habían asistido a la fiesta y presuntamente consumido alguna sustancia que les ocasionó la muerte.

Los representantes del Ministerio Público Fiscal de la Nación determinaron que el evento había sido organizado por la firma de Alan Van Brook y Gino Piazzese Scaglia, para lo cual habían celebrado un contrato de alquiler con Germán Dalinger – representante de Yameli S.R.L.- para la realización de una fiesta privada en el predio “Complejo Punta Stage”. Asimismo, se estableció que Esteban Gómez actuaba como encargado del local, tal como se desprende de distintas actas firmadas por él mismo.

Entre las principales conclusiones a las que se llegaron para arribar al fallo se encuentran que “la capacidad del local estaba completamente excedida en lo que refiriere a cantidad de asistentes, que era difícil la circulación, tolerar el excesivo calor y dirigirse al baño o a las barras”, sumado a ello que “la falta de control en los accesos caracterizada por carencia de personal suficiente para que revisaran la cantidad excesiva de público que pretendía ingresar, permitió que quien quisiera entrar estupefacientes, sea para consumir o aún venderlos, como señalaron los testigos, lo hiciera sin peligro de ser advertido”.

La resolución señala la dificultad para acceder al agua, o la carencia de ella, todo lo cual “refuerza aún más la conclusión de que los organizadores sabían que circularía ese tipo de drogas, potenciando la venta de agua en las barras para obtener mayor rédito o lucro directo de eso”. En ese sentido, hicieron hincapié en que “los responsables no podían ignorar que en el tipo de eventos que estaban organizando es frecuente el consumo de estupefacientes.

Un condicionante que se tuvo en cuenta en el fallo es que no había pasado mucho tiempo desde que ocurrió el trágico suceso en la fiesta ‘Time Warp.