Romualdo Raúl Álvarez está detenido y acusado provisoriamente del delito de abuso sexual simple mediando "abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia" en perjuicio de una empleada.
La víctima trabajaba como empleada doméstica en la casa de Álvarez y contó que tuvo que renunciar ante los constantes acosos sexuales y tocamientos impúdicos por parte del acusado.
En el fallo, el juez de Garantías de Orán, Claudio Alejandro Parisi, rechazó el pedido de prisión domiciliaria y ofrecimiento de caución solicitada por la defensa del imputado. El comportamiento evasivo del acusado implicó en ese sentido un peligro de fuga o de entorpecimiento en el proceso, evitando la actuación de la ley.
En la resolución se hizo hincapié en la situación de vulnerabilidad de la víctima y se apoya en la Convención Interamericana para Prevenir Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, también conocida como la “Convención de Belem Do Pará”.