Los administradores de consorcios de edificios y propiedades horizontales deberán adecuar la liquidación mensual de expensas en los inmuebles de Rosario para discriminar y habilitar el pago por separado de gastos extraordinarios, algo que en la práctica suele quedar en manos de los inquilinos cuando corresponde a los propietarios.
A partir de un proyecto aprobado este lunes por el Concejo Municipal se dispuso la modificación del primer artículo de la ordenanza 9.679 en la cual se exige colocar al pie de la factura "una leyenda con la definición de expensa ordinaria y extraordinaria, según la conceptualización contenida en el Código Civil y Comercial Nacional vigente. La misma debe proveer además cupones diferentes para abonar ambos conceptos.
El edil Enrique Estévez, uno de los impulsores de la iniciativa, destacó que la reforma también apunta a identificar como gastos extraordinarios los fondos de reserva. En el apartado j del mismo artículo se requiere entonces que los administradores detallen "los movimientos mensuales, indicando el saldo al inicio, reposición del mes, gastos en los cuales se aplicó y saldo al finalizar el período".
En el caso del artículo 2, donde se describen los gastos extraordinarios, los representantes en el Palacio Vasallo apoyaron por unanimidad la definición que restringe dicho concepto a aquellas reformas "para la conservación de las cosas y partes comunes e indivisas de la propiedad horizontal que no encuadren como expensa ordinaria por su naturaleza excepcional, atípica, de carácter imprevisible y/o inhabitual". Así se incluye no sólo el fondo de reserva sino también el dinero destinado a juicios e indemnizaciones, entre otros.