Desde este lunes, los mendocinos podrán disfrutar de la liberación de las nuevas actividades que anunció este domingo el gobernador, Rodolfo Suarez, a través del Decreto N°620. Ahora, pueden trabajar los profesores de Educación Física -pero fuera de los gimnasios- está permitido salir a correr y andar en bicicleta, como así también se puede ir a rezar a las iglesias, entre otras actividades.
Las actividades deportivas como running y andar en bicicleta están permitidas bajo las condiciones sanitarias establecidas por el Gobierno para las salidas recreativas y estas podrán realizarse hasta una distancia máxima de cinco kilómetros del domicilio.
Las personas con los documentos finalizados en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán realizar la actividad solo los días lunes, miércoles, viernes, en horario de 9 a 19 horas. Las personas con los documentos finalizados en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán realizar la actividad solo los días martes, jueves, sábados de 9 a 19.
Otra buena noticia es que los domingos podrán salir todos, de 8 a 19, sin distinción de documento.
Protocolo para profesores de Educación Física
-Se permitirá la actuación de los profesores de Educación Física incluidos entre los profesionales liberales exceptuados de la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio". Comprende a los profesionales matriculados en el Colegio de Profesionales de la Educación Física creado por Ley Nº 7723.
-Además de las disposiciones generales de prevención dispuestas en los distintos protocolos sanitarios, deberán adaptar su accionar a las presentes disposiciones:
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- En caso de entrenamiento y/o actividad física programada, deberá ser para un máximo de dos personas por turno, en espacios al aire libre o a domicilio, con turnos previamente establecidos según su número de DNI.
- Queda estrictamente prohibida la asistencia a gimnasios, aun cuando se trate de clases individuales y/o personalizadas.
- Los profesionales están autorizados al uso de los elementos que resulten necesarios para sus clases. Deberán ser desinfectados antes y después de cada uso, siguiendo las indicaciones consignadas en los distintos protocolos.
- En caso de clases domiciliarias, podrán prestar y/o alquilar tales elementos, utilizando sus vehículos particulares para el traslado de los mismos. Deberá procederse a la desinfección de los mismos al ingreso y al momento del retiro.
Las actividades habilitadas desde este lunes
1- Actividades religiosas individuales en iglesias, templos y lugres de culto de cercanía correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos. En ningún caso, tales actividades podrán consistir en la celebración de ceremonias que impliquen reunión de personas.
2- Actividad y servicio de mantenimiento y reparación de material rodante ferroviario, embarcaciones, buques y aeronaves.
3- Fabricación y provisión de insumos y repuestos indispensables para la prestación del servicio de transporte ferroviario, aéreo, fluvial o marítimos.
4- Actividad de entrenamiento de pilotos.
5- Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social.
6- Profesionales y técnicos especialistas en seguridad e higiene laboral.
7- Las actividades de las concesionarias de los corredores viales, incluyendo el cobro de peaje.
8- Actividad aseguradora desarrollada por compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios.