Los departamentos que no pertenecen al Gran Mendoza (Ciudad, Godoy Cruz, Las Heras, Guaymallén, Luján de Cuyo y Maipú) quedan exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio por el coronavirus, como peluquerías y el ejercicio de las profesiones liberales tales como abogados, contadores públicos, escribanos, corredores inmobiliarios.
Las actividades se podrán realizar manteniendo el sistema de rotación según terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI) de acuerdo al Decreto de Necesidad y Urgencia, que establece taxativamente: "La proporción de personas exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio, no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) de la población total del Departamento o Partido, según corresponda...".
Multa: cualquier incumplimiento, y especialmente la circulación y/o permanencia en la vía pública, comercio de cualquier tipo, estudio, oficina, o cualquier otro espacio de personas cuya terminación del DNI no corresponda con el día especificado en los puntos anteriores, será causal de las sanciones previstas por el art. 5º del Decreto, sin perjuicio de las que la respectiva Municipalidad estime corresponder en función de la gravedad de la falta y/o su reincidencia.
Sólo se podrá atender con turno previo -No se podrán atender a los considerados grupos de riesgo -No podrán tener clientes en espera -Los sillones deberán mantener la distancia mínima de 2 metros -Mantener aireado y ventilado el local.