Tras la aprobación de la ordenanza municipal de habilitación de destilerías en Gral. Pueyrredon aprobada hace un año, ya son 17 las etiquetas marplatenses que hoy están funcionando como resultado de la iniciativa propulsada por el Ejecutivo local, en General Pueyrredon. Asimismo, muchas de ellas producen líneas y recetas para todo el país.
En este marco, el pasado viernes se realizó el lanzamiento del Festival de gin para la presentación formal de la primera Cámara de Destiladores Artesanales de la Provincia de Buenos Aires con el propósito de representar a los productores locales y regionales de bebidas espirituosas.
En el evento estuvo presente el intendente, Guillermo Montenegro -acompañado por el senador provincial, Alejandro Rabinovich- quien aprovechó la oportunidad para realizar una recorrida y dialogar con los productores de las destilerías locales que ofrecieron sus productos durante el encuentro.
Al respecto, los integrantes de la Cámara, Franco Regalini (presidente) y Darío Savelli (vicepresidente), afirmaron que “Mar del Plata es una ciudad referente en la producción de bebidas destiladas, en particular el gin. Es una industria artesanal, donde queremos mostrar toda esa impronta de Mar del Plata, desde los sabores, a través del gin tonic, que es un cóctel que hoy está en tendencia”.
De la misma forma, destacó que como consecuencia “en la ciudad también se producen marcas para otros puntos del país; eso genera empleo, valor agregado y le da el título a Mar del Plata de la capital nacional del gin y de bebidas destiladas artesanales”.
Es importante destacar que en la actualidad son 450 las marcas nacionales de gin y un 95 % de ese total, se encuentran instaladas en la provincia de Buenos Aires.
En este sentido, es importante remarcar que la Ordenanza dio curso al Régimen de Promoción en la Elaboración, Distribución y Comercialización de Bebidas Espirituosas Artesanales con el objetivo de impulsar la instalación de destilerías en Mar del Plata.
De acuerdo a lo establecido en la normativa, la elaboración y comercialización de dichas bebidas deberá ser realizada cumpliendo lo estipulado por el Código Alimentario Argentino, por cuenta propia del productor, en pequeña escala y estar ejecutada fundamentalmente de modo manual, sin o con ayuda de maquinaria cuyo empleo no implique prescindir de la mano de obra directa, incorporando un valor diferencial positivo respecto de sus homólogos industriales.
La Ordenanza también contempló la creación del Registro de Productores Artesanales de Bebidas Espirituosas, donde deben inscribirse todos los productores.
Igualmente, los establecimientos destinados a la producción de Bebidas Espirituosas Artesanales podrán incorporar áreas de degustación, comercialización y promoción del producto.