“El presente proyecto de ley tiene por objeto dar cumplimiento en el ámbito de la Provincia de Tucumán a un mandato constitucional largamente postergado: la implementación del juicio por jurado en materia penal, tal como lo estableció el Constituyente Nacional originario en el año 1853 y como fuera reafirmado de manera expresa en la reforma constitucional de 1994, a través de los artículos 24, 75 inciso 22 y 118 de la Constitución Nacional”.
Esto es lo que dice en la exposición de motivos del proyecto de ley presentado en la Legislatura local por el legislador Agustín Romano Norri.
Recuerda el funcionario que “en el mes de julio se cumplirán 7 años desde que la Asociación Argentina de Juicio Por Jurado(AAJJ) y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales(INECIP), instituciones pioneras en la promoción e implementación del juicio por jurado en la Argentina y en América Latina, pusieron a consideración de esta Honorable Legislatura un proyecto de ley destinado precisamente a saldar esta deuda constitucional en la provincia de Tucumán".
“Dicho proyecto, pese a su solidez técnica y a la legitimidad institucional de quienes lo impulsaron, no obtuvo en su momento el tratamiento correspondiente”.
Remarca el legislador que “resulta particularmente significativo que, en la actualidad, el Gobierno Provincial haya manifestado como una de sus prioridades la implementación del juicio por jurado en el ámbito penal. Tucumán supo ser una provincia pionera en materia de reformas procesales y cuenta hoy con un sistema acusatorio moderno y de avanzada”.
Sin embargo, prosigue, ese proceso de transformación institucional permanece inconcluso mientras no se incorpore el juicio por jurado, que constituye su coronación natural y una verdadera profundización del modelo democrático de justicia penal.
























