Manejaba alcoholizado y mató a un motociclista: estará preso tres años y medio

La Justicia de Jujuy condenó a Jonatan Facundo Rodríguez por el homicidio culposo agravado de Gabriel Cardozo Ruiz.

Manejaba alcoholizado y mató a un motociclista: estará preso tres años y medio
El abogado defensor, Dr. Fernando Bóveda (izquierda), pidió la pena mínima para su defendido Jonatan Facundo Rodríguez, sobre quien finalmente recayó una pena de tres años y medio de prisión efectiva.

Una persona que tiene 0,2 gramos de alcohol por litro de sangre ya sufre una falsa apreciación de las distancias y atraviesa un estado de subestimación de la velocidad. Jonatan Facundo Rodríguez tenía 1,7 gramos de alcohol en sangre cuando en una ruta de la provincia de Jujuy a toda velocidad atropelló a Gabriel Arcángel Cardozo Ruiz, un motociclista que murió poco después en el hospital al que una ambulancia lo llevó de urgencia para que sea atendido por las graves heridas que presentaba.

En su pedido para que la causa pase a instancia de juicio, el fiscal Alejandro Gurrieri -miembro del Ministerio Público de la Acusación (MPA)- relató con detalles el dramático hecho desencadenado el verano pasado en la zona rural de la ciudad de Monterrico, departamento El Carmen.

EL ALCOHOL AL VOLANTE, MATA

Era la tarde del 21 enero de este año, aproximadamente a las 14:55. Jonatan Facundo Rodríguez conducía un automóvil Volkswagen Voyage por la ruta provincial 42, a la altura de las fincas Fascio y Llanes.

De manera imprevista se cruzó de carril y en la errática maniobra el imputado terminó embistiendo a una motocicleta, que era conducida por Gabriel Arcángel Cardozo Ruiz. Por la dinámica del violento impacto, el motociclista salió despedido y cayó en la cinta asfáltica.

Otros automovilistas que circulaban por el lugar dieron aviso a la Policía y de inmediato se activó un operativo de asistencia. Una ambulancia del servicio SAME 107 llegó al sito del siniestro y si bien la víctima fue atendida allí mismo por personal de emergencias, debió ser trasladada de urgencia a un hospital, donde finalmente murió como consecuencia de las graves heridas y lesiones sufridas.

Más tarde se sabría, por el resultado del test de alcoholemia, que Jonatan Facundo Rodríguez tenía 1,7 gramos de alcohol por litro de sangre al momento de atropellar a Cardozo Ruiz.

En la Sala de Audiencias de la Oficina de Gestión Judicial, la jueza Dra. Margarita Nallar (a la izquierda), comunicó su veredicto sentenciado a Jonatan Facundo Rodríguez a tres años y seis meses de prisión.
En la Sala de Audiencias de la Oficina de Gestión Judicial, la jueza Dra. Margarita Nallar (a la izquierda), comunicó su veredicto sentenciado a Jonatan Facundo Rodríguez a tres años y seis meses de prisión.

Dadas esas circunstancias, el acusado fue condenado a la pena de tres años y seis meses de prisión efectiva y cinco años de inhabilitación especial para manejar todo tipo de vehículo automotor, por ocasionar la muerte de Gabriel Arcángel Cardozo Ruiz mientras conducía, alcoholizado, un automóvil.

Es lo que dictaminó la jueza con función de juicio María Margarita Nallar tras analizar las declaraciones testimoniales de los testigos y las pruebas aportadas en el transcurso del juicio oral y público.

HOMICIDIO CULPOSO AGRAVADO

La magistrada declaró a Rodríguez autor material y penalmente responsable del delito de homicidio culposo agravado, tras lo cual, al momento de determinar la pena el fiscal Alejandro Gurrieri pidió cuatro años y seis meses de prisión para Rodríguez.

A su turno, la querella, representada por el letrado Diego Roldán Ruíz Díaz, solicitó el mismo monto de pena para el acusado.

Finalmente el abogado defensor de Rodríguez, Fernando Bóveda, pidió para su cliente la pena mínima.

En el veredicto, además de mandar a encarcelar por tres años y medio al condenado, la jueza Nallar ordenó el decomiso del vehículo Volkswagen Voyage que manejaba el homicida en el momento de atropellar a su víctima, y que el mismo sea puesto a disposición del MPA.

Desde 2018 en la provincia de Jujuy está vigente la ley de alcoholemia cero, por lo cual los conductores de vehículos particulares, de pasajeros, de carga y motovehículos, no pueden manejar habiendo ingerido cualquier tipo de bebida alcohólica y/o estupefacientes.