Mediante una resolución aprobada este mismo lunes por el Ministerio de Salud y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, quedó determinado que aquellas personas que sufrieron efectos adversos a raíz de la vacuna contra el COVID-19, podrán estar reclamando una indemnización.
Así, se establece “el procedimiento para la tramitación de reclamos indemnizatorios” para todos aquellos que padecieron o padecen “eventos adversos” a partir de haber sido inoculados con “la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19″.
La resolución quedó publicada esta mañana del lunes en el Boletín Oficial, bajo la designación de Resolución conjunta 7/2022, firmada por la ministra de Salud, Carla Vizzotti y el superintendente de Riesgos del Trabajo, Enrique Alberto Cossio.
Entretanto, se detalló que los pagos resarcitorios estarán surgiendo a través del Fondo de Reparación COVID-19, que fue creado por decreto.
Al mismo tiempo, se detalla que “la tramitación del reclamo indemnizatorio ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales requerirá que el evento adverso haya sido previamente notificado a través del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA) por el personal de salud que asista al presunto damnificado o la presunta damnificada, o que tome conocimiento del evento”.
Las Comisiones Médicas Jurisdiccionales serán las encargadas de analizar el material suministrado por los supuestos damnificados.
¿Cómo reclamar la indemnización por los efectos adversos por la vacuna del COVID-19?
En primer lugar, se deberá notificar cuál es el efecto adverso que sufre o sufrió el supuesto damnificado a raíz de vacunarse, mediante la plataforma del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA).
A posteriori, se deberá presentar la solicitud ante la Superintendencia de Riesgo de Trabajo, esto se puede realizar a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Conjuntamente con esto, se deberá presentar un certificado médico que acredite el padecimiento y el certificado de vacunación.
Los siguientes pasos consistirán en la verificación de la información suministrada, y si luego se confirma el caso, la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas, pasará a analizar la vinculación de lo que aqueje al damnificado con la aplicación de la vacuna contra el coronavirus.
En caso de encontrarse fehacientemente esta vinculación, la Comisión Médica será la encargada de cuantificar cuál será el porcentaje de incapacidad que padece la persona, a fin de establecer un pago pertinente, el cual estará calculado por la Secretaría de Gestión Administrativa del Ministerio de Salud.
Cabe destacar que en caso de fallecimiento, los familiares también podrán acceder a este beneficio.