En la previa a las elecciones PASO 2023, y con la veda electoral vigente, al menos 500 personas fueron desalojadas de diferentes eventos en Córdoba. Se trataba de fiestas que se realizaron en dos boliches de Nueva Córdoba y en un club deportivo, de barrio Jardín Espinosa.
BOLICHES ABIERTOS EN NUEVA CÓRDOBA
Pasadas las 0.20 del domingo, los efectivos desalojaron a los 150 asistentes que se encontraban en el boliche Kuarteto.com, ubicado en San Lorenzo 169.
El director de Espectáculos Públicos de la Municipalidad de Cordoba, Walter Acevey, se hizo presente y labró una acta notificado al encargado del lugar.
Por el mismo motivo también fueron desalojadas 150 personas de un local bailable ubicado en calle San Lorenzo, en Nueva Córdoba. El municipio también labró un acta al encargado del lugar.
FIESTA EN JARDÍN ESPINOSA
Por su parte, una hora más tarde, a la 1.20, las autoridades descubrieron que 350 personas estaban reunidas en la sede del Cordoba Athletic, por lo que las enviaron a la casa y notificaron al responsable del predio.
HASTA QUÉ HORA ES LA VEDA ELECTORAL
La veda electoral contempla la prohibición de realizar actos públicos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, según establece la legislación. Por lo que, las campañas políticas concluyeron el viernes a las 8 de la mañana.
Según contempla el Código Electoral, el día de la elección se prohíbe publicar y difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de los comicios entre las 8 y las 21, es decir durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre.
PROHIBICIONES PARA LOS CIUDADANOS POR LA VEDA ELECTORAL
- La venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas desde las 20 del día anterior a la elección y hasta tres horas después de finalizado el acto electoral.
- Los negocios que venden alcohol durante ese período deben permanecer cerradas. Quienes los hagan de todos modos podrán enfrentarse a una pena de prisión de entre quince días y seis meses.
- El día de la elección ninguna persona podrá hacer uso de banderas o distintivos políticos 12 horas antes y tres después de los comicios. Tampoco podrán portar armas. Quien viole esta regla deberá pagar una multa.
- Reuniones de electores o depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora de votos.
- Espectáculos, fiestas teatrales, deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
- Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
- Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
- Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
- Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.