Se declaró penalmente responsable a Debesa por el delito de "homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor y bajo los efectos del alcohol; en concurso ideal con lesiones graves culposas dos hechos agravadas por la conducción imprudente de un vehículo automotor y bajo los efectos del alcohol; en concurso ideal con lesiones leves culposas cinco hechos agravadas por la conducción imprudente de un vehículo automotor y bajo los efectos del alcohol".
Condenaron así al imputado a la pena de 3 años y 6 meses de cumplimiento efectivo, y diez años de inhabilitación para conducir automotores. Respecto de la medida de coerción la jueza decretó su arresto domiciliario hasta que la sentencia quede firme.
El hecho ventilado en debate, que se desarrolló a lo largo de cuatro jornadas, aconteció el día 05 de Julio de 2.017, siendo aproximadamente las 02:37, cuando Facundo Debesa conducía el rodado marca Ford Ranger, por ruta Provincial N° 26, circulando en estado de ebriedad en dirección a Sarmiento. A la altura del Km 11, de forma imprudente invadió el carril contrario perdiendo el dominio el rodado impactando con su lateral derecho delantero la parte lateral derecha trasera del rodado marca Mercedes Benz, Sprinter.
Producto del impacto se produjo el fallecimiento de Jonathan Escalante al momento de ingresar al nosocomio local, como consecuencia de haber sufrido traumatismo encéfalo-craneano, debido a fractura de la base de cráneo. De los Informes Médicos suscriptos por la Dra. Eliana a Bévolo, del Cuerpo Médico Forense, se desprende que dos empleados presentaron lesiones graves con incapacidad laboral mayor a 30 días; en tanto que 5 más de ellos presentaron lesiones leves, con un tiempo de curación y de incapacidad laboral menor a 30 días.