La jueza Daniel Arcuri autorizó la suspensión de juicio a prueba para Darío Acosta, Raquel Antimilla, Vanesa Medina Consoli y Claudia Leonori en la causa conocida como IPV local, considerando la reparación ofrecida por ellos como "adecuada y razonable".
También consideró el trabajo comunitario en beneficio de una entidad pública para reparar el daño causado, también deberán cumplir por el término estimado la regla general de conducta de presentarse periódicamente ante el Cuerpo de Delegados de Control y no verse involucrados en nuevos delitos.
Arcuri argumentó que la reparación ofrecida por todos los imputados estaba dentro de sus posibilidades y que se ha abandonado los bienes decomisables por el procedimiento Administrativo de recupero de las viviendas iniciado por el IPV. Todos los delitos imputados son de acción pública y procede la suspensión ya que ninguno de los cuatro imputados era funcionario público, como tampoco ninguno poseía antecedentes penales computables.