El Gobierno Provincial, por gestiones de Silvina Córdoba, de la Secretaría de Comercio e Industria, ante la AFIP en la que solicitaba la adhesión del ente recaudador tras la prórroga esa ley en Diputados.
La disposición permitirá suspender hasta el 31 de agosto las intimaciones y ejecuciones fiscales que pesaban sobre las pequeñas y medianas empresas de la provincia.
En marzo, la Cámara de Diputados de Santa Cruz aprobó la prórroga de la Emergencia Comercial ante la necesidad de los comerciantes locales a causa de "la situación de crisis que continúa afectando al sector privado".
La Ley provincial N° 3.577plantea que la declaración podrá ser utilizada con el fin de gestionar los siguientes beneficios, que quedarán supeditados a la aprobación de cada organismo o entidad bancaria:
a) Líneas de crédito a tasa diferenciada para créditos futuros o vigentes ante las entidades crediticias o financieras.
b) Exenciones y/o diferimientos de vencimientos en la presentación y pago de declaraciones juradas de tributos en el ámbito provincial y nacional.
c) Solicitar planes de facilidades de pago de impuestos y tasas municipales y provinciales. d) Cualquier otro trámite que requiera la presentación del certificado de Emergencia Comercial".