La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteña ordenó al Gobierno de la Ciudad que subsidie los gastos de alimentación y vivienda para un indigente de 48 años y su hija de 5, actualizando los montos de dinero según los índices del organismo que mide la inflación a nivel local.
El fallo confirmó la decisión de primera instancia, que ordenó al Ejecutivo porteño que "garantice en forma efectiva el derecho a la vivienda del amparista y su hija, arbitrando los medios necesarios a fin de incluirlos en alguno de los programas habitacionales vigentes, que no sea parador ni hogar".
Pero la Cámara entendió que debe contemplarse "la canasta básica de alimentos establecida por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o el organismo que en el futuro lo reemplace" como prestación asistencial.