La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora dispuso otorgarle la libertad al ex árbitro Martín Bustos, involucrado en la causa de abuso sexual a jugadores de las divisiones inferiores de Independiente, y le impuso condiciones para mantener este beneficio hasta la realización del juicio oral.
El fallo dictado este jueves por la Sala 1 de esa Cámara lleva las firma de los jueces Miguel María Alberdi, Guillermo Alejandro Rolón y Miguel Carlos Navascues, quienes cuestionaron el fallo previo de la jueza de Garantías 9 de Lomas de Zamora, Brenda Leticia Madrid, por sus argumentos para justificar la prisión preventiva de Bustos.
Según explicaron fuentes judiciales, la magistrada utilizó los mismos argumentos que llevaron a prisión en 2018 al ex árbitro por orden del ex juez de Garantías, Silvio Carzoglio, lo que luego había sido revocado por la misma Sala de la Cámara.
Ahora, Bustos será liberado pero para mantener ese beneficio no deberá tener ningún tipo de contacto con las víctimas y deberá restringir su circulación y mantenerse en un domicilio, algo más parecido a una libertad domiciliaria.
La causa comenzó a ser investigada en marzo de 2018 por la UFI 4 descentralizada de Avellaneda, a cargo de la fiscal María Soledad Garibaldi, cuando un adolescente de 14 años se "quebró" ante el psicólogo de Independiente y describió que había mantenido prácticas sexuales a cambio de dinero con una persona mayor.
A partir de este caso, el club presentó la denuncia y la Justicia comenzó a investigar y llegó a identificar a al menos nueve víctimas, aunque fuentes cercanas a la investigación aseguraron que "podría haber muchas más".
Además de Bustos, figuraban en esa lista el relacionista público Leonardo Cohen Arazi, el organizador de torneos de fútbol Alejandro Dal Cin, el representante de futbolistas Juan Manuel Díaz Vallone y el estudiante Silvio Fleytas.
Sin embargo, en septiembre de 2018 la misma sala 1 de la Cámara de Apelación y Garantías, que actuó ahora, revocó las prisiones preventivas y liberó a los imputados tras modificar la caratula, que pasó de "abuso sexual" a "promoción a la corrupción de menores", que tiene una pena de 3 años pero es un delito excarcelable.