La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevó este jueves de $5.000 a $10.000 el monto en tarjetas de crédito por el cual los comerciantes están obligados a consignar los datos del comprador en sus comprobantes.
Además, la entidad estableció que desde 2020 este monto tendrá dos actualizaciones por año producto del avance de la inflación sobre los precios de los bienes y servicios consumidos a lo largo y lo ancho de la Argentina.
De esta manera, los comerciantes deberán consignar en sus comprobantes apellido y nombre del comprador, un domicilio, N.° de DNI y de CUIT o CUIL.
El nuevo valor regirá desde el 2 de mayo de 2019.
Respecto a las actualizaciones anuales, los importes en operaciones con consumidores finales se actualizarán en enero y julio de cada año, según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Estas actualizaciones, que regirán desde enero de 2020, serán informadas semestralmente en la web del organismo.
Por otra parte, en operaciones que no se realicen a través de medios electrónicos de pago, la obligación se mantiene en $5.000.
Además, no regirán estos importes cuando se trate de ventas realizadas por responsables inscriptos cuya actividad principal corresponda a la comercialización mayorista.
Estas modificaciones a la Resolución General N° 1.415 fueron publicadas hoy en el Boletín Oficial.