El Gobierno ajusta los requisitos para cobrar el IFE de $ 10.000

Hubo cambios en la norma. Este jueves fue publicada la Resolución 16/2020 en el Boletín Oficial.

El Gobierno ajusta los requisitos para cobrar el IFE de $ 10.000
El trámite se realiza por completo sin tener que pasar por Posadas\u002E

El Gobierno ajustó los requisitos para cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), a partir de una resolución del Ministerio de Trabajo. En la norma, se establece, entre otras cuestiones, cómo se considerará a los menores de 25 que viven con sus papás y se ratifica que los presos no pueden recibir la ayuda oficial.

"Cuando el o la solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia registrado en la ANSeS sea igual al domicilio de sus padres registrado en dicho organismo, el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el presente", indica la norma. Eso significa que si una persona de 24 años pide el IFE y sus padres tienen un trabajo en blanco, no podrá recibir la ayuda.

Además, la ANSeS le pedirá a la AFIP evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales para determinar si una persona puede o no acceder al IFE.

En tanto, la Resolución 16/2020, publicada este jueves en el Boletín Oficial, aclara: "El IFE se abonará a través de una transferencia bancaria en la cuenta del solicitante, siempre y cuando fuera posible este canal. En su defecto, el pago se gestionará a través de otras modalidades que ANSeS disponga."

Requisitos para acceder al IFE

- Ser ciudadano/a argentino/a nativo/a, por opción o naturalizado/a, residente en el país, o extranjero/a con residencia legal en Argentina no inferior a 2 años anteriores a la solicitud

- Tener entre 18 y 65 años.

- No percibir ingresos (integrantes del grupo familiar) por: trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, a excepción del realizado en el marco del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares; trabajo por cuenta propia como Monotributistas de categoría “C” o superiores y régimen de autónomos; prestación por desempleo; jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes del PROGRESAR.

- Quedan liberados de cumplir los requisitos, los titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y Asignación por Embarazo para Protección Social.

- Las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no podrán acceder al IFE.