Reforma judicial: un abogado constitucionalista cruzó a Oscar Parrilli por su idea de incorporar la "presión mediática" a la ley

Andrés Gil Domínguez sostuvo que la responsabilidad ulterior debe actuar en esos casos, no la censura previa.

Reforma judicial: un abogado constitucionalista cruzó a Oscar Parrilli por su idea de incorporar la "presión mediática" a la ley
Andrés Gil Domínguez (Clarín)

El senador del Frente de Todos Oscar Parrilli y el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez se cruzaron el martes durante las exposiciones en el plenario de comisiones del Senado por la reforma judicial. La discusión se dio en torno a la propuesta de Parrilli de incluir en el proyecto a las "presiones mediáticas".

Para el constitucionalista, integrante del Consejo Consultivo que asesorará al Gobierno en la reforma, es "potencialmente negativo el intento de incluir la facultad de los jueces para denunciar a los poderes mediáticos como grupos de presión porque esto es contrario a la regulación de la libertad de expresión de nuestra Constitución".

Gil Domínguez dijo también que la propuesta va en contra de "el tratado sobre Derechos Humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en términos de la tutela y la protección de este derecho".

Entonces Parrilli intervino y le preguntó al abogado si él creía que "no ha existido en la Argentina presión mediática sobre los funcionarios, jueces y magistrados". El ex AFI apuntó contra los periodistas y los acusó de "instar a la ciudadanía a abuchear e insultar a determinados jueces porque no tomaban un fallo, independientemente de cuál fuera".

Gil Domínguez le respondió citando el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos: "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión". Explicó que "hay una garantía de libertad de expresión, de pensamiento y de acceso a la información".

Para el abogado, esta cláusula de la presión mediática "puede generar responsabilidades civiles y penales ulteriores, que la llevarán adelante aquellos que se vean afectados, pero la jurisprudencia de la CIDH ha restringido en mucho la utilización de la combinación penal cuando aquellas cuestiones que se debatan y se discutan sean de interés o de relevancia pública".

"Desde el punto de vista de la tutela o la protección, se trata de garantizar que no exista ningún tipo de censura directa o indirecta por ningún tipo de medios y que el mecanismo de pensar y de expresarse esté plenamente garantizado", agregó.

En contraposición, Parrilli insistió con que hubo periodistas que "denostaron, desacreditaron, difamaron e incluso incitaron a la ciudadanía a escraches a maltratarlos en la vía pública con los hijos". "¿Qué piensa de esa actitud?", le preguntó a Gil Domínguez.

La respuesta: "En la medida que la libertad de expresión genere algún tipo de afectación de otro derecho existe todo el mecanismo de las responsabilidades civiles ulteriores, y así lo estableció la jurisprudencia reciente de la Corte Suprema de Justicia de principios de este año".

"Lo que hay que evitar es toda forma que pueda implicar alguna forma de censura previa directa o indirecta", explicó el constitucionalista. "Las responsabilidades ulteriores están y en la medida que se afecte el honor están abiertas y protegidas por la Convención Americana", sumó.