Con una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió dos productos médicos y un aceite de oliva.
Los productos médicos, que no estaban registrados como tales y por eso su venta y distribución fue baneada, son dos antimicóticos: uno para uñas de uso externo y el otro un cura piel. Para ambos, Anmat constató que no poseían registro en el país.
"Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones de los productos rotulados como: "Cura Uña. Farmacia AMÉRICA, uso externo. 8 de octubre 3886 bis. Tel.: 2508 8063 entre Larravide y Lindoro Forteza- Montevideo- Uruguay-www.curauña.com"; y "CURA PIEL FARMACIA "AMERICA". Dirección Técnica: Q.F Pilar Murillo- 6° Turno. 8 de Octubre 3886 bis- TEL.: 2508-8063 entre Larravide y Lindoro Forteza. Montevideo, Uruguay", por los fundamentos expuestos en el considerando de la presente disposición."
Con respecto al aceite de oliva prohibido, se trata de "Aceite de Oliva", extra virgen, marca El Sanjuanino, RNPA: 01-016271, RNE: 01-000731, Origen San Juan, en el establecimiento denominado "Naturalmente".
El motivo es que el aceite presentaba el producto presentaba en el perfil de ácidos grasos la mezcla con otro aceite vegetal, y carecía de autorizaciones de producto y de establecimiento.
"Resulta ser un alimento falsamente rotulado, adulterado y en consecuencia ilegal", dispuso Anmat.