Antonio Raed cuestiona al Consejo de la Magistratura

El ex legislador habla sobre la Reforma de la Constituciòn en el tema de la Justicia

Antonio Raed cuestiona al Consejo de la Magistratura
El ex legislador habla sobre la Reforma de la Constituciòn en el tema de la Justicia

El Consejo de la Magistratura se ha convertido en una estructura burocrática que no actúa de manera pertinente y expedita” en la Justicia de Tucumàn comentò el ex legislador y ex convencional constituyente, doctor Antonio Raed. Esto es parte de la conversaciòm con el conocido abogado acerca de la propuesta de reforma de la constituciòn provincial que alcanzarìa al Poder Judicial.

¿Y en cuanto a la justicia? Por ejemplo, los jueces con un periodo de 4 a 10 años, ¿qué opina usted?

-Antes era algo completamente natural la periodicidad en los acuerdos de los jueces. Es decir, los jueces no tenían un acuerdo vitalicio. Si hacemos un poco de historia, la primitiva Constitución de nuestra provincia, la del año 1907, preveía, en su Artículo 14, la temporalidad de los acuerdos, indicando que los miembros de la Corte Suprema debían permanecer 10 años en sus cargos, mientras que los jueces inferiores 6 años, y los fiscales y defensores, 4 años. Ahora bien, se instaló ese debate y en una constitución que trató de tomar distancia de la política, de hecho, diseñó algunas instituciones que le ponían freno a la discrecionalidad de las decisiones políticas, como, por ejemplo, a través de un tribunal constitucional. La Constitución del 90(1990), lamentablemente, se pergeñó con la representación de una primera minoría. Sería deseable que en el futuro todas las fuerzas políticas y la sociedad se encuentren representadas, diseñando un sistema que garantice la representación de las distintas minorías. Volviendo al tema de la periodicidad, aquella Constitución planteaba una suerte de asepsia en el ejercicio del poder, y en el artículo 98 (hoy artículo 112 de la constitución del año 2006) decía que los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores permanecerán en su cargo mientras dure su buena conducta, desembarcando en el año 1990, a los acuerdos vitalicios.

-¿Y usted qué opina, doctor? ¿Debería cambiar eso?

-Creo que realmente que para cambiar esto existen dos cuestiones a ponderar cuidadosamente: por un lado, lo dogmático, donde el juez debe tener la más absoluta libertad de conciencia para ejecutar su tarea. Por otro lado, está el argumento de que los acuerdos vitalicios los convierten en burócratas, y los mecanismos de contralor no siempre son eficaces y actúan con la pertinencia que las circunstancias exigen.

-Y qué pasa con un juez al que le revocan gran cantidad de fallos o que no falla nunca?

-¿Qué hace el Consejo de la Magistratura? El Consejo de la Magistratura está para eso, pero se ha convertido en una estructura burocrática que no actúa de manera pertinente y expedita. Para impulsar la actuación del consejo, son importantes las facultades de superintendencia de la Corte Suprema, que debería comunicar al Consejo de la Magistratura para promover su actuación. Esos mecanismos, lamentablemente, no están funcionando con la agilidad con que deberían hacerlo.

-¿Y en casos donde los jueces están enfermos y no trabajan?

-Ahí entra en juego el sistema de subrogancia, donde otro juez puede realizar su trabajo. Si la ausencia se convierte en definitiva, se procede al reemplazo del magistrado. El problema es que los mecanismos de contralor no están funcionando con la agilidad necesaria. Creo que esta cuestión, que se introdujo en el año 90, por el tema de los mandatos vitalicios, no tuvo su correlato en lo que debió haber sido el sistema o los mecanismos de debido contralor de la gestión, que no siempre pasa por lo cuantitativo. Realmente, hay algún fuero donde se puede actuar de manera expedita y, hay otros fueros, donde por la complejidad de la cuestión o la envergadura de los temas en discusión no se puede actuar con la misma rapidez. No es lo mismo un fuero de Documentos y Locaciones, o un fuero de Apremios, como puede llegar a ser un fuero de Familia o el mismo Civil y Comercial Común.

-Finalmente, ¿qué piensa del fuero de Familia, que está tan cuestionado?

-El fuero de Familia es hoy el lugar más sensible de la estructura de la justicia, por los derechos de última generación que están en juego. Ser juez de Familia requiere una gran responsabilidad. uando se votó la autolimitación del poder ejecutivo, a través del Consejo de la Magistratura, se estableció un sistema de puntaje, que no necesariamente, le da a la oposición la cantidad de puntos suficientes. Es importante que a la oposición se le dé una cantidad de puntaje y que la audiencia pública, con el futuro magistrado, tenga la mayor preponderancia.