El hombre es dueño de una empresa de servicios médicos y pese a que desde enero, tras haber protagonizado un accidente en estado de ebriedad tenía prohibido conducir, no dudó en volver a agarrar el volante de la ambulancia de su empresa, poner primera y partir. Sin embargo a pocas cuadras, un grupo de oficiales de la Comisaría 8ª de Villa Mercedes, de San Luis, lo frenaron y ellos sí recordaron su rostro y que había una orden del Juzgado Contravencional y Correccional que le impedía conducir.
El conductor desobediente fue detenido inmediatamente y le avisaron al juez Santiago Ortiz, quien ordenó la detención por el delito de Desobediencia a una orden judicial. El hombre de 55 años el lunes fue indagado y ahora espera, detenido, a que el martes el magistrado resuelva si lo procesa o le dicta la falta de mérito.
La madrugada del jueves 18 de enero, el hombre protagonizó un accidente en el que atropelló a un motociclista en la calle Amaro Galán, a la altura del barrio Virgen de Pompeya, y se dio a la fuga. Unos minutos después lo agarraron. Iba ebrio, con 1,12 miligramos de alcohol en sangre. Por su parte el joven del rodado, de 18 años, quedó tendido en el lugar con una fisura de cadera más la fractura de tibia y peroné de la pierna izquierda y de los tres dedos del pie, informó El Diario de la República.
En aquel entonces, el juez Ortiz lo procesó por el delito de "Lesiones culposas agravadas" y le ordenó la prohibición de conducir por un año, que aún sigue en vigencia.
El fiscal Maximiliano Bazla Cassina destacó que "la gente debe entender que cuando un juez da una orden debe ser obedecida porque si no incurre en un nuevo delito, lo que significa que estará procesada en dos ocasiones. No obedecer lo que ordena un juez es un delito".
Luego explicó que "el juez le dictó esa medida cautelar, fue notificado y debe ser obedecida bajo apercibimiento; si no lo obedece cae en curso en un nuevo tipo penal, que es la desobediencia de un juez. Pese a que no podía manejar, lo siguió haciendo. Si bien la escala penal del delito por desobediencia es leve y no mayor a un año, implica que ignora lo que dice un magistrado, obstruye el accionar de la Justicia y puede ser considerado un elemento para que le dicten la prisión preventiva. En muchos casos puede privar la libertad ambulatoria, o que le dicten la preventiva y se encuentre detenido por un plazo mayor en el servicio penitenciario".
El hombre fue indagado el lunes y manifestó que habría sido por una cuestión excepcional, de urgencia. "Ahora se producirá la prueba para determinar que tan excepcional fue y, en base a esto, sí es una excusa absolutoria o no, los indicios indican que no", sostuvo.
El lunes, el abogado defensor del dueño del servicio médico pidió la prórroga por ocho días para ser detenido y buscar pruebas que avalen su testimonio. El martes que viene vence el plazo para que el juez resuelva el procesamiento o la falta de mérito. En el caso que sea procesado puede ser con prisión preventiva o quedar en libertad por falta de mérito.