Cierran un "after" donde había menores alcoholizados

Estaba ubicada en avenida Castelli al 560.

Cierran un "after" donde había menores alcoholizados
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Intervinieron la Municipalidad de Resistencia, en conjunto con el Juzgado de Falta municipal y la participación de la Guardia Comunitaria y la Policía del Chaco, clausuró este domingo a la madrugada, una nueva fiesta "after", donde había una gran cantidad de menores de edad, una piscina, música a todo volumen y consumo de bebidas alcohólicas.

Cierran otro "after" en Resistencia, donde había menores. (Web).
Cierran otro "after" en Resistencia, donde había menores. (Web).

Se realizó en un inmueble ubicado en avenida Castelli al 560, y la intervención estatal se dio a partir de la denuncia telefónica de un vecino del lugar, quien manifestó que se llevaba a cabo una fiesta con música a todo volumen, alcohol y menores.

El departamento estatal que actuó fue la Dirección de Control Acústico ambiental, dependiente de la Dirección General de Tránsito, Transporte Público y Carga, quien acudió junto a la Guardia Comunitaria para verificar el evento.

Los oficiales intentaron dialogar con el dueño, señalando que no era horario para continuar con dicha actividad, el mismo se negó a abrir las puertas para que los jóvenes se retiraran. Motivo por el cual, se llamó al 911, quien derivó a la división del grupo COM de las comisarías: 1ra, 3ra y 5ta.

Aproximadamente una hora más tarde, el responsable del lugar accedió al pedido habilitando el acceso al predio, donde se pudo corroborar la presencia de un sumado grupo de menores de edad, consumiendo bebidas alcohólicas, además, un montaje de un equipo de Disc-jokey y una piscina habilitada para entretenimiento de los participantes.

Por esta razón, personal de inspección General, acompañados por la Jueza de Faltas Municipal, Alicia Gutiérrez, se hicieron presentes en el lugar, donde procedieron inmediatamente a labrar las actas correspondientes, por consumo de bebidas alcohólicas, ingreso de menores de edad en lugar no habilitado, como lo estipulan las Leyes: N° 24. 788 y 257/99.