En la mañana de este martes, en los tribunales de Rafaela, se llevó adelante una histórica audiencia pública, en el marco de una presentación judicial presentada por dos organizaciones ambientalistas cuestionando el artículo 4° de la ordenanza 5331, que regula desde diciembre de 2021 la aplicación de agroquímicos en la ciudad.
El juez Matías Colón, de la 1° Nominación del fuero Civil y Comercial -subroga el de la 2° Nominación, en donde había quedado “ADAPA y otros, contra municipalidad de Rafaela sobre recurso contencioso administrativo de la Ley 10.000″, decidió llevar adelante este encuentro, en la sala de audiencias del primer piso del edificio de calle Alvear. Además, quienes se habían inscripto, pudieron seguirlo a través de una videoconferencia. Una gran medida para un tema que es de dominio público.
Hasta diciembre de 2021, regía la ordenanza N° 3.600. Allí se fijaba un límite agronómico (un área en donde no se podía aplicar ningún producto agroquímico) de 200 metros. Pero a partir de la nueva, la N° 5331, el límite agronómico se reducía a 50 metros. Desde ese punto hasta los 200 anteriores, se permitía la aplicación de unos novedosos agroquímicos de base biológica. Este punto fue el cuestionado por ADAPA y Amigos de la Vida: entendían que la reducción implicaba un retroceso y una violación del principio precautorio, garantizado en la Constitución Nacional. Pero para el SENASA, INTA y los Productores Unidos, esto era una ventaja que debía ser tenida en cuenta.
Ahora, el magistrado, luego de haber cuestionado a amibentalistas, al Ejecutivo, concejales, productores, representantes del INTA y del SENASA, se tomará un tiempo para analizar las respuestas y tomar una decisión que, seguramente, será histórica y que sentará jurisprudencia no solo para Rafaela, sino también para el resto de Santa Fe y, por qué no, la República.