Mendocinos tendrán que hacer sus compras los días establecidos por la terminación del DNI

El Gobierno provincial sumó restricciones a la hora de comprar en supermercados, comercios y lugares que requieran acción presencial.

Mendocinos tendrán que hacer sus compras los días establecidos por la terminación del DNI
AME2179\u002E BUENOS AIRES (ARGENTINA), 15/01/2020\u002E- Un hombre realiza compras en un supermercado, este miércoles, en Buenos Aires (Argentina)\u002E El Instituto Nacional de Estadística y Censos - INDEC Argentina difunde el índice de precios al consumidor de diciembre pasado, con el que se cierra un año en el que la inflación ha vuelto a escalar a cifras récord por la nueva crisis económica que arrastra el país desde 2018\u002E Según el ente oficial de estadísticas, los precios registraron en diciembre pasado un incremento del 3,7 % respecto de noviembre último\u002E La subida del 53,8 % acumulada el año pasado supera la inflación del 47,6 % registrada en 2018 y es la marca más alta desde 1991, cuando los precios al consumidor escalaron un 84 % tras la hiperinflación de 1989-1990\u002E EFE/ Juan Ignacio Roncoroni

Con la publicación del Decreto Nº563, en Mendoza se sumaron restricciones a la hora de hacer las compras en comercios y supermercados. En pos de mantener a la población en situación de prevención frente a la posible propagación del coronavirus, el Gobierno provincial dispuso que la población podrá salir a comprar los días establecidos por el terminación del DNI. 

Esta limitación entra en vigencia este martes para todo el territorio de la provincia, incluso en aquellas actividades ya vigentes (compra en supermercados, hipermercados, ferreterías y toda actividad o comercio que permita la acción presencial).

Comercios de Mendoza.
Comercios de Mendoza.

Así, las personas cuyos documentos finalizan en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán asistir a los comercios habilitados solo los días lunes, miércoles, viernes, en horario de 8 a 18. Los días domingos (en el caso en que tal actividad se realice) se autoriza en horario de 8 a 13.

En tanto que, las personas cuyos documentos finalizan en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán asistir a los comercios habilitados solo los días martes, jueves, sábados en horario de 8 a 18. Los días domingos (en el caso en que tal actividad se realice) se autoriza en horario de 13 a 18.

De las restricciones quedan exceptuados los turnos médicos, odontológicos y/o de cualquier tipo de prestación de salud debidamente fundada, como así también la compra en farmacias.

Supermercados.
Supermercados.

Desplazamientos

Para desplazamientos desde y hacia los lugares, en viajes cortos, se recomienda caminar o utilizar bicicleta para contribuir a liberar espacio en el transporte público y así permitir que quienes no tengan otra alternativa de traslado puedan utilizar el sistema público de transporte.

Sanciones

El incumplimiento de las obligaciones establecidas será penado con una multa de 5 mil pesos para la persona infractora. Dicha sanción se duplicará en el supuesto de incumplimiento respecto de los recaudos exigidos para el paseo de mascotas.

En caso de que cualquiera de las infracciones se constate dentro de un comercio o centro de atención privado, se aplicará una multa de 10 mil pesos para el comercio o centro de atención privado, que se incrementará a la suma de 50 mil pesos si se trata de un supermercado o hipermercado.

Todo lo expuesto sin perjuicio de las sanciones que con causa en las ordenanzas municipales corresponda aplicar a cada Municipio.