No conocer las leyes en algunos casos nos termina jugando una mala pasada. ¿Sabes cuáles son tus derechos cuando te subís al colectivo? ¿Y cuándo compras ropa? ¿En el supermercado?
Hay cientos de situaciones cotidianas, del “día a día” que afrontamos creyendo que son correctas, cuando hay regulaciones y normativas que afirman lo contrario.
La primera que podemos mencionar, es a la hora de darnos de baja de los servicios como internet o telefonía móvil.
¿Qué derechos tengo a la hora de terminar un servicio?
Muchas veces la operadora nos responde que la factura está hecha, entonces que deberá ser el mes que viene. Esta es una ilegalidad. Las leyes estipulan que se tiene que tomar la baja en el momento y si efectivamente la factura ya está hecha deben cobrar un proporcional hasta ese día.
Tampoco se puede “sancionar” el aviso tardío. La ley 24.240 de Defensa al Consumidor explica: “Prohíbase el cobro de preaviso, mes adelantado y/o cualquier otro concepto, por parte de los prestadores de servicios, incluidos los servicios públicos domiciliarios, en los casos de solicitud de baja del mismo realizado por el consumidor ya sea en forma personal, telefónica, electrónica o similar”.
Derechos en los locales de ropa
Muchas tiendas prohíben realizar cambios de ropa los días sábado, domingo o feriados por tener menos personal contratado realizando actividades en esos momentos. Sin embargo, esto es falso.
La ley 3281 tanto en la Ciudad como en la Provincia de Buenos Aires habilitan a que los consumidores puedan realizar los cambios cualquier día que esté abierto el local con atención al público.
Otra frase muy escuchada es que “algunas prendas no tienen cambio”. Si observamos nuestros derechos, sabremos que los únicos productos nuevos que no tienen cambio son la ropa interior, los productos íntimos, sexuales y los perecederos.
El resto se puede devolver y canjear por otro sin dudas. Tampoco se necesita la bolsa o caja en la que fue entregado, con el ticket o la factura es suficiente.
Derechos en el transporte público
Después de las 22 hasta las 6 de la mañana los colectiveros están obligados a frenar el vehículo y dejar descender a pasajeros en cualquier lugar del recorrido, aunque no coincida con la parada estipulada.
Esta norma también rige cuando hay fuertes tormentas o lluvias, según la ley 24.449.
Por su parte, el artículo 54 de “Ley de Tránsito” afirma que embarazadas y personas con discapacidad tienen derecho a que el chofer les pare fuera de la parada (sea la hora que sea).
Compras en la web
Cuando no hay “stock” no alcanza con devolver el dinero. Distintos abogados explican que la otra parte tiene que resarcir al consumidor por el tiempo perdido. Ya sea con otro producto de mayor valor o con un monto de plata superior.
Por otra parte, está prohibido que los comercios pidan “foto del DNI”.
La Ley de Protección de Datos Personales dice que nadie está obligado a proporcionar sus datos sensibles y menos ahora con tantas estafas virtuales.
Según los abogados, el número de trámite del DNI es comparable al código de seguridad de una tarjeta de crédito y no recomiendan tener imágenes de ambos lados del documento en el celular. Menos aún enviarlas.