Fin de año sin pirotecnia

Tres Lagos se une a la ley provincial N° 3636 de Prohibición del uso de Pirotecnia

Durante esta mañana en un medio radial, el presidente reelecto de la Comisión de Fomento de la localidad de Tres Lagos, Darío Godoy, expresó la importancia de la ley provincial N° 3636 tanto en la localidad en la que reside como en la totalidad de la provincia.

Darío Godoy se mostró completamente de acuerdo y adhiere a la prohibición del uso de pirotecnias en Tres Lagos, en la entrevista expreso su inquietud respecto a los accidentes que esta puede causar y alegó que "esta es una localidad pequeña y estamos alejados de los centros de salud, cualquier accidente que nos pase con algún niño o con cualquiera, tenemos que viajar hasta la localidad de El Calafate que es lo mas cercano que tenemos".

Agregó: "si no tenemos pirotecnia pasa totalmente desapercibida, es algo que le pone ruido y color nada mas a las fiestas y se puede pasar tranquilamente sin usar pirotecnia". Por otro lado y no menos importante, hablo respecto al efecto que tiene en niños con autismo y animales.

imagen ilustrativa
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Para finalizar expresó que se trata de "una ley que le hace muy bien a la localidad de Tres Lagos y a toda la provincia".

La ley

En noviembre del 2018, el gobierno de la provincia de Santa cruz sancionaba la ley N° 3636 en la que se "prohíbe la utilización, tenencia, acopio, exhibición, fabricación y expendio al público de artificios de pirotecnia y cohetería, sean éstos de venta libre o no" en todo el territorio de la provincia de Santa Cruz.

La presente ley exceptúa al uso de pirotecnia en eventos destinados a la población organizado por Instituciones del Estado, para la conmemoración de hechos especiales, siempre y cuando cuenten con la debida habilitación, para señales de auxilio.

Mendoza busca "Pirotecnia Cero" para las fiestas.
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La pena por transgredir la ley es de una multa de 500 a 5 mil Unidades Fiscales (alrededor de $50 cada unidad), más el decomiso de los elementos probatorios de la infracción.

En caso de incumplimiento por parte de establecimientos comerciales, se determinará además de la multa establecida, la clausura del local por 15 a 30días. En caso de reincidencia se producirá la clausura total del mismo y la multa de mayor valor posible.

Por último, la recaudación de las multas se destinará a las unidades de bomberos de la localidad donde se detecte la infracción o las campañas de concientización y difusión.