La justicia porteña ratificó la prohibición de venta callejera en el barrio de Once al revocar una medida que beneficiaba a una mujer que se dedicaba al expendio de bebidas y alimentos en Plaza Miserere sin contar con un permiso.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires hizo lugar a una apelación presentada por el gobierno porteño y revocó una medida cautelar dispuesta por el juez Roberto Andrés Gallardo en 2006.
Esa medida había ordenado otorgar un nuevo puesto o restituir a la mujer los elementos secuestrados por la Dirección General de Inspección del Uso del Espacio Público del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
La sentencia de la Cámara, firmada el 7 de febrero, fue adoptada por el voto de la mayoría de sus integrantes.
Los camaristas Esteban Centanaro y Fernando Juan Lima, en ese sentido, destacaron que "la pretensión de la actora se traduciría en que el tribunal le otorgue un permiso para ejercer venta en la vía pública, lo que excedería el ámbito de la competencia jurisdiccional".
El fallo manifestó en sus fundamentos que la Ley 1.166 mantuvo la prohibición de venta, comercialización o ejercicio de actividad comercial y elaboración o expendio de productos alimenticios en el espacio público porteño a "toda persona que no hubiese obtenido un permiso de uso, el que es otorgado por el Poder Ejecutivo, de conformidad con las disposiciones de aquella ley y su decreto reglamentario".