La de este 2017 será la decimoséptima elección de renovación legislativa desde 1983. Hemos pasado por todo en estos últimos 34 años de actividad del Congreso nacional: momentos de decisiones históricas y debates memorables y momentos de escándalos y vergüenzas. De tensiones extremas y de notorias opacidades. Tuvimos períodos de sesiones ordinarias y extraordinarias para la historia y muchos otros para el olvido.
Se aprobaron leyes fundamentales para la República y la democracia y otras que acomodaron las instituciones y normas a las necesidades y urgencias de los gobernantes de turno. Leyes que perduraron y otras que llegaron y se fueron con quienes las impulsaron. Leyes que colocaron a nuestro país como un ejemplo internacional y otras que nos expusieron de manera vergonzosa.
Que este Congreso, el de este año, esté tratando y aprobando leyes para combatir el delito El Congreso y la corrupción, por dentro y por fuera y endurecer las penas para quienes transgreden las leyes, y que tenga a su vez en su seno a ex altísimos funcionarios procesados –e incluso condenados- por hechos de corrupción, nos muestra el camino recorrido y lo mucho que hay por recorrer.
El contexto regional nos ofrece a otros Congresos en el epicentro de crisis institucionales graves. En Brasil, un Legislativo que ha destituido un presidente pero cuyos integrantes están en gran medida manchados por la corrupción. En Venezuela, una Asamblea Nacional que resiste a duras penas los embates de un gobierno cada vez más autoritario y represivo.
No es nuestro caso, pero conviene recordar también que la Argentina puso en manos del Congreso, a comienzos de este siglo, la resolución de una crisis política y económica que provocó la renuncia de un presidente. Una de las causas de aquella crisis fue también un escándalo por sobornos y prebendas en el Senado nacional. Fue entonces cuando se dictó una nueva ley de Fueros que establece el régimen de inmunidades para legisladores, funcionarios y magistrados y reglamenta el artículo 68 de la Constitución.
Hoy, esta ley suscita especial atención, luego de que el fiscal federal Carlos Stornelli pidiera el desafuero del diputado nacional y ex ministro de Planificación Federal de los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner, Julio De Vido, para que pueda ser detenido. Los fueros para los funcionarios se encuentran establecidos por la Constitución Nacional, en su artículo 68: "Ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador".
En el artículo siguiente agrega que “ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de ser sorprendido in fraganti en la ejecución de algún crimen que merezca pena de muerte, infamante, u otra aflictiva; de lo que se dará cuenta a la Cámara respectiva con la información sumaria del hecho”.
En el artículo 70 detalla que el acusado "podrá ser suspendido en sus funciones con la aprobación de cada Cámara, con dos tercios de votos". Estas normas fueron reglamentadas por la ley de Fueros 25.320, en el 2000.
Allí se establece que en los casos en que haya abierta una causa penal contra un legislador, funcionario o magistrado, la Justicia debe continuar el procedimiento "hasta su total conclusión". Pero aclara que "no se podrá ordenar el allanamiento del domicilio particular o de las oficinas de los legisladores ni la intercepción de su correspondencia o comunicaciones telefónicas sin la autorización de la Cámara" de Diputados o Senadores, según corresponda.
Sobre la posibilidad de arrestar a los funcionarios, la ley lo impide “hasta tanto el imputado no sea se parado de su cargo”. Según la norma, la solicitud de desafuero debe ser girada a la Comisión de Asuntos Constitucionales, que tiene un plazo de 60 días para emitir dictamen. Mientras que la Cámara deberá tratar la causa dentro de los 180 días de ingresada, “aún cuando no exista dictamen de comisión”.
También señala que el llamado a indagatoria "no se considera medida restrictiva de la libertad", pero aclara que en caso de que el acusado no se presentara "el tribunal deberá solicitar su desafuero, remoción o juicio político". El pedido de desafuero de el ex ministro De Vido se convierte ahora en un nuevo "caso testigo".
Los fueros parlamentarios son un privilegio que la democracia concede a diputados y senadores. Un privilegio que quienes lo contraen, junto al mandato representativo, tienen la responsabilidad de cuidar y evitar que se confunda con impunidad. El Congreso no es sólo la fábrica de nuestras leyes, la representación política y caja de resonancia de nuestra sociedad.
Es también el ámbito donde se reproduce y representa la vida democrática, con sus luces y sus sombras. Esta campaña electoral de renovación legislativa ofrece también una oportunidad para echar más luces que sombras sobre este Palacio de la democracia.