Los tres policías que mataron de seis balazos al chofer Claudio Romano el 1 de octubre en el barrio porteño de Villa Crespo fueron procesados este viernes por "homicidio agravado", aunque permanecerán en libertad ambulatoria, informaron fuentes judiciales.
La jueza en lo Criminal y Correccional 49, Ángeles Gómez Maiorano, resolvió este viernes por la tarde la situación procesal del oficial primero Ramón Pérez (39), la inspectora Beatriz Manzanelli (41) y la oficial Daniela López (32), a quien además les trabó un embargo por un 1.500.000 pesos a cada uno.
La jueza consideró a los tres policías como coautores de un "homicidio agravado por haber sido cometido abusando de sus funciones como miembro de la Policía de la Ciudad y por la utilización de armas de fuego", delito contemplado en el inciso 9no. del artículo 80 del Código Penal y que prevé pena de prisión perpetua.
Sin embargo, la magistrada dispuso que los tres efectivos de la comisaría 15 B de la Policía de la Ciudad continúen con la libertad ambulatoria, tal como dispuso el martes un fallo de la Sala VIde la Cámara del Crimen.
La resolución -a la que tuvo acceso la agencia Télam-, se conoció luego de que por la mañana Gómez Maiorana le reformulara la acusación y les ampliara la declaración indagatoria a los tres imputados, quienes en esta oportunidad, se negaron a declarar.
Al describir el hecho, la jueza acusó a los tres policías de "en ejercicio de sus funciones, haber causado la muerte de Claudio Hernán Romano, mediante el uso de sus armas reglamentaria el día 1 de octubre, entre las 11.07 horas y 11.11 horas de la mañana, en la vía pública, sobre la calle Malabia 933".
Si bien la autopsia determinó que Romano presentaba nueve disparos de arma de fuego que parecían autónomos, la magistrada aclaró en la resolución que un informe de la Unidad Criminalística de Alta Complejidad de la Policía Federal determinó que los disparos efectuados por los policías fueron ocho en total y que, de ellos, sólo seis impactaron en la víctima, aunque algunos, por la dinámica del hecho, salieron y volvieron a ingresar en el cuerpo generando más de una herida.
A la hora de evaluar el accionar policial, la jueza consideró que más allá de que en un principio los efectivos dispararon justificadamente para "neutralizar las agresiones desplegadas por Romano", quien bajó de su auto, se acercó al patrullero y lesionó con un cuchillo a Pérez, después de que el chofer cayera herido, los policías se excedieron.
"Pese a que Romano se hallaba prácticamente inmóvil tendido en el suelo, ninguno de los tres efectivos policiales presentes en el lugar, hallándose en una evidente situación de superioridad y experticia y ante la presencia de un sujeto que si bien portaba un arma blanca se hallaba tendido en el suelo, inmóvil, herido, adoptó conducta alguna a fin de desarmar al sujeto y neutralizar la situación mediante el empleo racional y proporcional tanto de la fuerza como de los medios", dice la resolución.
Al analizar los videos que registraron la secuencia del hecho, la jueza resaltó que "resulta claro que el nombrado (por Romano) permanece tendido durante 43 segundos, circunstancias en las que no sólo no los agrede sino que -incluso- durante aproximadamente 20 segundos permanece totalmente inmóvil".