Empresas de colectivos amenazan con suspender el servicio nocturno en el área metropolitana

La medida regiría en las líneas provinciales desde el lunes 16, de 22 a 5; los domingos y feriados no habría transporte disponible. La respuesta del Gobierno.

(Web)
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Las empresas de transporte encargadas de administrar el servicio de colectivos en el área metropolitana -Ciudad y Gran Buenos Aires- amenazó con no prestar servicio en el horario nocturno -de 22 a 5-, así como tampoco durante la totalidad de los domingos y feriados.

La implementación de la medida, que comenzaría a regir desde el lunes 16, es para "reducir costos" ante la "situación crítica tanto en lo económico y lo financiero" de las empresas, justificó José Troilo, titular de la Asociación Civil de Transporte Automotor (ACTA).

De concretarse la interrupción del servicio nocturno no funcionarían entre las 22 y las 5, sólo las empresas de ACTA, que reúne a las líneas 4, 33, 45, 46, 49, 53, 70, 86, 88, 96, 97, 123, 154, 179, 180, 181, 185 y 193.

(Comunicado de la Asociación Civil del Transporte Automotor)
(Comunicado de la Asociación Civil del Transporte Automotor)

¿Qué reclaman desde ACTA? Un aumento en los subsidios estatales para cubrir sus gastos, ya que las compañía están imposibilidades de subir el precio del boleto, "congelado" desde hace varios meses.

Desde el Ministerio de Transporte de la Nación señalaron a Vía País  que se trata de "una medida ilegal tratándose de un servicio público que tiene la obligación de prestarse las 24 horas, cumplir frecuencias y recorridos".

"La medida intempestiva se toma sin instancia de diálogo a pesar de que el gobierno nacional había convocado a una reunión para el martes 17", aseveraron a través de un comunicado y agregaron: "El recorte afectaría a miles de pasajeros atentando en forma directa contra el derecho de las personas al acceso al trabajo, el estudio o la salud".

A su vez,  afirmaron que aplicarán "todas las medidas legales y sanciones correspondientes, incluida la caducidad de los permisos, a aquellas empresas que incumplan con sus obligaciones de respetar los recorridos y las frecuencias establecidos en los decretos 656/94 y 253/95".