Presentaron una impugnación contra el juez Bernardo Campana que había decidido habilitar a la fiscalía para avanzar sobre el levantamiento de cargos contra la joven acusada de haber asesinado a su bebé momentos después de nacer.
Campana había revocado el fallo de la jueza de garantías Romina Martini que declaró la nulidad de la inspección del personal policial y peritos de Criminalística en el domicilio de la joven. La fiscal Betiana Cendón ordenó a los efectivos allanar la casa que permitió encontrar el cadáver del bebé en un placard con signos de asfixia y varias heridas de arma blanca.
El defensor oficial Marcos Cicciarelo pretende que el Tribunal de Impugnación de la provincia admita el recurso y revoque la decisión del magistrado. Sostuvo que el juez dictó un fallo sin perspectiva de género para el análisis del caso y "apartándose de lo expresamente dispuesto en la Constitución de Río Negro", que exige la orden judicial para allanar un domicilio y la presencia de un juez cuando la diligencia se hace de noche.
La Oficina Judicial definió que el 5 de septiembre será la audiencia donde los jueces del Tribunal de Impugnación escucharán los planteos del defensor oficial y de los fiscales Martín Lozada y Betiana Cendón. De acuerdo con los fiscales, la chica tuvo a su hijo en una habitación, nació con vida pero minutos después murió. El médico forense estableció en la autopsia que lo asfixiaron hasta matarlo y además presentaba varias heridas de arma blanca.
El bebé fue hallado en la tarde del 14 de mayo en la vivienda de la sospechosa, sin embargo, Martini había anulado la inspección porque consideró ingresaron al domicilio sin orden de un juez y causa probable que vulneró las garantías constitucionales de la familia. También porque entendió que habrían coaccionado a la chica.
Aunque, Campana revocó la decisión de la jueza anterior al considerar que hubo un consentimiento por parte de la hermana de la sospechosa para que el personal policial entrara al domicilio. De todas formas, la defensa de la muchacha presentó un amparo y afirmó que "es falso que se haya estado buscando un bebé con vida".
El defensor aseguró que la fiscalía tenía una hipótesis criminal pero que no se la informó a la joven que les permitió ingresar al domicilio. Además reiteró que que Campana no habría tenido en cuenta la jurisprudencia de la Corte ni la perspectiva de género.
Por último, indicó que el magistrado valoró la Convención de los Derechos del Niño como pidió la fiscalía, que omite considerar que esta Convención y los derechos de la persona por nacer o del niño ya nacido no son aplicables por el artículo 93 del Código Civil, que establece que "(l)a existencia de la persona humana termina por su muerte". Según publicó Río Negro.