A solo 25 días para el cierre del blanqueo fiscal, la AFIP habilitó que un bien registrado como propiedad de una sociedad sea declarado como parte del patrimonio de una persona física.
"Las personas humanas que tengan participación en una sociedad radicada en el país, podrán sincerar como propios los bienes que se encuentren a nombre de dicha sociedad, aun cuando tanto la participación accionaria como el bien estén debidamente declarados ante la AFIP", explica el organismo.
Según explica La Nación, la diferencia radica en que algo declarado a nombre de una sociedad si se vende se debe pagar un 35% de impuesto sobre el precio de la operación. Mientras tanto, si está a nombre de una persona física el impuesto es del 1,5%.