Milagro Sala fue trasladada a su casa, donde cumplirá prisión domiciliaria

La dirigente social de la organización Tupac Amaru volvió a su residencia pero ya sin tobillera electrónica.

Milagro Sala vuelve a cumplir prisión domiciliaria. (AP Photo/Gianni Bulacio, File)
Milagro Sala vuelve a cumplir prisión domiciliaria. (AP Photo/Gianni Bulacio, File)

La detenida dirigente social Milagro Sala fue trasladada nuevamente a su domicilio de El Carmen, esta vez sin tobillera electrónica, por disposición del juez jujeño Pablo Pullen Llermanos, quien tenia plazo hasta este viernes para resolver su prisión domiciliaria ordenada por la Corte Suprema de Justicia, para que se cumpla con el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, confirmaron a Télam fuentes judiciales.

La dirigente de la organización Tupac Amaru ingresó a su propiedad poco después de las 15, custodiada por efectivos del Servicio Penitenciario y autoridades judiciales de Jujuy, que se trasladaron en dos móviles.

"Pullen Llermanos ha violado nuevamente lo que ordenó la Corte Interamericana de Derechos de Humanos y la Corte Suprema de la Nación, porque mi domicilio es en Calle Gorzdaliza 1711, del barrio Cuyaya (San Salvador de Jujuy", dijo Sala a Télam, al acercarse hasta la puerta de entrada de su actual residencia, minutos después de su llegada.

Pullen Llermanos también ordenó la custodia perimetral del inmueble, ubicado en la calle El Picaflor dentro del loteo Villa Parque La Ciénaga, a cargo de personal de Gendarmería Nacional.

En tanto, el letrado dispuso una serie de reglas de conducta que Sala deberá cumplir en su arresto domiciliario:

1. Ingreso y permanencia de familiares "Podrán ingresar y permanecer en el inmueble de propiedad de la procesada, sin límite temporal, sus parientes consanguíneos y afines, hasta el cuarto y segundo grado respectivamente.

Para tal fin, el parentesco deberá ser acreditado por los interesados con la presentación en original y copia de la documentación idónea a tales efectos, en Secretaría del Juzgado actuante".

2. Ingreso de visitas "Solo podrán ingresar al inmueble hasta cuatro personas a la vez y en el horario de 07:00 a 19:00, los días martes, jueves y sábados, con un límite máximo de veinte personas por cada día de visita, no aplicándose esta restricción a los familiares indicados en el punto anterior.

Tanto los familiares como las visitas, al ingresar al inmueble deberán someterse al control de requisa pertinente por parte del personal de custodia (ambos sexos), debiendo estas últimas dejar accesorios y aparatos electrónicos en el vehículo en el que se transportaren, o en el lugar que les será ofrecido al efecto por el mencionado personal. En el caso de los familiares, se dejará constancias del ingreso de aparatos electrónicos, no permitiéndose el ingreso de más de un teléfono celular por cada uno. No se permitirá el ingreso de vehículo motorizado de ninguna clase al inmueble, ya sea de propiedad de la procesada, familiares o de terceros".

3. Controles de salud "La atención médica y psicológica de la procesada Sala quedará supeditada a su exclusiva voluntad y elección, debiendo la misma por medio de sus representantes poner en conocimiento del Juzgado y a los fines del otorgamiento de la autorización y arbitrar las medidas pertinentes tendientes a efectivizar la atención médica y psicológica a la que la procesada Sala pretenda someterse, como así también para la realización de los exámenes y tratamientos que los médicos o psicólogos tratantes determinen necesarios.

En caso de resultar necesario el traslado de la encartada por razones sanitarias, el mismo tendrá lugar, previa autorización judicial, con personal y vehículo provisto por Gendarmería Nacional, con participación del Patronato de Liberados y conocimiento de la Policía de la Provincia, dejando a salvo cualquier situación de urgencia, en que el personal de Gendarmería Nacional podrá proceder de inmediato adoptando las medidas de seguridad que correspondan, dando cuenta a este magistrado en la primera oportunidad".

4 Consumo de bebidas y sustancias "No podrá la imputada ni sus familiares y visitas consumir bebidas alcohólicas y/o estupefacientes".

5 Desplazamiento de la procesada "La procesada podrá circular libremente dentro del perímetro de la propiedad, no pudiendo por ninguna razón trasponer los límites de la misma ni cortar el contacto de la tobillera de monitoreo electrónico con el cuerpo".

6 Otras restricciones y/o beneficios "Para el supuesto de presentarse la necesidad de aplicar otras restricciones distintas a las previstas en el presente, o acceder a un beneficio no contemplado, se deberá estar supletoriamente al plexo normativo vigente en el sistema carcelario provincial".