El Gobierno definió hoy seis feriados puente para los próximos dos años, en el marco de la ley que sancionó en septiembre el Congreso para restablecer los fines de semana largo con el fin de fomentar el turismo interno.
Así lo hizo a través del decreto 923/2017, publicado en el Boletín Oficial, basándose la norma 27.399 que "facultó al Poder Ejecutivo Nacional a fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes".
En ese marco, en la disposición de hoy, la Casa Rosada determinó que serán "días no laborables con fines turísticos" los días 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre de 2018, que son tres lunes que anteceden al feriado por el Día del Trabajador, Navidad y Año Nuevo, respectivamente.
En tanto, para 2019 serán no laborables los días 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre, también lunes pero en este caso que anteceden los feriados por el Día de la Independencia, Paso a la Inmortalidad del General San Martín y Día del Respeto por la Diversidad Cultural, respectivamente.
La norma que restableció los feriados puente fue promulgada por el Gobierno el 18 de octubre tras ser sancionada en septiembre por el Parlamento.
Fines de semana largos en 2018
lunes 1 de enero
Carnaval: 12 y 13 de febrero
Semana Santa: 29 y 30 de marzo + 2 de abril (forman un fin de semana de cinco días)
lunes 30 de abril + martes 1 de mayo ("nuevo")
viernes 25 de mayo
lunes 9 de julio
lunes 20 de agosto
lunes 15 de octubre
lunes 19 de noviembre
lunes 24 de diciembre + 25 de diciembre ("nuevo")
Fines de semana largos en 2019
lunes 31 de diciembre + 1 de enero ("nuevo"). Si bien corresponde al 2018, el impacto turístico se da en el 2019
Carnaval: 4 y 5 de marzo
Semana Santa: 18 y 19 de abril
lunes 17 de junio
lunes 8 de julio + 9 de julio ("nuevo")
lunes 19 de agosto ("nuevo")
lunes 14 de octubre ("nuevo")
lunes 18 de noviembre