Vicentin: controversia jurídica en torno a la legalidad de la expropiación

Un experto en Derecho Comercial y un constitucionalista dan sus opiniones.

Vicentin: controversia jurídica en torno a la legalidad de la expropiación
Vicentin\u002E (Foto: Clarín)

La intervención de la empresa Vicentin dispuesta por el Gobierno nacional produjo controversias. En el plano político, Juntos por el Cambio la rechaza, el lavagnismo manifestó dudas. Y también mereció distintas miradas desde el plano estrictamente legal.

Mientras que para el doctor Daniel Roque Vítolo, profesor de la Facultad de Derecho de la UBA, "el Gobierno comete errores constitucionales y jurídicos parecidos a los de Ciccone", para el también doctor en Derecho, Andrés Gil Domínguez, se ajustan a derecho los pasos dados hasta ahora por el presidente Alberto Fernández.

"El Poder Ejecutivo (y tampoco el Congreso), ni siquiera utilizando un DNU, tiene facultades para intervenir la administración de una persona jurídica privada, en este caso Vicentin. No hay ninguna norma que se lo permita. Esta intervención va por fuera de la Ley de Expropiaciones", explicó Vítolo en charla con Vía País. Para este especialista en Derecho Comercial, tanto la intervención como la expropiación "son nulas".

"Es un tema muy técnico y está mal resuelto, pero el defecto más grande es que se quiere expropiar un sujeto de derecho, como lo es una sociedad comercial, y eso no se puede. Se deben o expropiar las acciones representativas del capital social o los bienes, los activos, mientras se deja a la compañía los pasivos. No se puede expropiar la sociedad, a una persona, a un sujeto. A usted se le podría expropiar la casa pero no a usted mismo, físicamente. Esto es igual: no se puede expropiar una sociedad", insistió Vítolo, coautor del libro "Ley de Concursos y Quiebras".

(Foto: Clarín)
(Foto: Clarín)

Sin entrar en valoraciones políticas, dijo Vítolo a Vía País, quizás el problema sea que la Ley de Expropiaciones no está hecha para empresas sino para bienes: está pensada para comprar propiedades debido a la traza de una autopista o para expropiar un campo y hacer una cantera.

Para expropiar, ¿podría haber seguido otro camino el gobierno? Vítolo entiende que sí: “Debió haber enviado un proyecto de ley para declarar la utilidad pública de Vicentin y haber hecho una ocupación temporal extraordinaria o anómala sobre las acciones representativas del capital social; y una vez tomadas las acciones, convocar a una asamblea, remover los directores y designar nuevas autoridades que funcionen como directores del Estado. Esto debió hacer el Poder Ejecutivo”.

Gil Domínguez, constitucionalista, entiende que las experiencias controvertidas en las estatizaciones de la imprenta Ciccone o de Aerolíneas Argentinas provocan dudas sobre cómo puede terminar el "affaire" Vicentin. "Pero en cuanto a la expropiación en sí, estamos ante una institución que está prevista en la Constitución Nacional y en los tratado de Derechos Humanos", dijo a Vía País.

“Dependerá después del Congreso declarar como bien de utilidad pública (a Vicentin), e iniciar un proceso para las partes acuerden una indemnización, o bien, se va a juicio de expropiación”, explicó.

Vítolo cuestionó la "ocupación temporaria extraordinaria" dispuesta por el gobierno en el consorcio que tiene 2 mil acreedores y una deuda judicialmente valuada en 99.345 millones de pesos, por entender que esto solo puede ocurrir en casos de extrema urgencia o excepcionalidad.

Gil Domínguez, en cambio, cree que la Ley de Expropiaciones permite esa "ocupación temporaria" mientras se sustancia el proceso expropiatorio: "Se lo podría haber hecho por decreto simple, no era necesario un DNU". De todos modos, dice que la palabra final la tendrá el Congreso "donde se decidirá si realmente Vicentin es de utilidad pública. El Gobierno ha explicado que se tomó la determinación de intervenir y expropiar ante la deuda millonaria de la empresa con el Banco Nación y con productores agropecuarios.

Por la corresponsalía de Buenos Aires.