Según establece la ley, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos inscriptos en el padrón electoral, con excepción de los menores de 18 años y mayores de 70.
En caso de no exceder los límites de edad, el elector debe ir a sufragar bajo pena de tener que pagar una multa de 100 pesos.
Según la Cámara Nacional Electoral (CNE), en caso de ausencia, se debe asistir a la Secretaría Electoral correspondiente al distrito de su domicilio para justificar el faltazo.
Para saber si un elector debe alguna multa, la CNE tiene a disposición un Registro de Infractores que puede consultarse a través de la web.
Desde allí, se puede generar una boleta de pago para abonar la multa en Banco de la Nación, Pago Fácil o Rapipago. También desde internet se puede pagar con tarjeta de crédito o transferencia bancaria.
De no pagar la multa, el infractor se verá imposibilitado de realizar gestiones o trámites ante organismos públicos por un año. Sin embargo, de ninguna manera se les quita el derecho de votar.