También en la presentación del gobernador Osvaldo Jaldo en la Corte Suprema de Justicia pidiendo un pronto despacho por el “Juicio Ministerio Público Fiscal contra provincia de Tucumán, su acción declarativa de inconstitucionalidad”, hace un minucioso análisis de las leyes que están cuestionadas y que deben ser considerados por el máximo tribunal local.
Sostiene que “encontrándose cuestionada en este proceso la constitucionalidad de las normas provinciales 9188 y 9212, que configuran precisamente la herramienta propia de una política pública que pretende enfrentar el accionar delictivo en el territorio provincial, se estima necesario avanzar en la definición urgente de la presente acción”. Luego recuerda que “las leyes cuestionadas no son otras que la adhesión a la norma nacional 26052 (desfederaliazación de estupefacientes, desde la perspectiva de la competencia federal), constituyen, por lo tanto, una política pública de alcance nacional en materia de narco criminalidad, respecto de la cual la provincia se encuentra debidamente preparada”.
Más adelante dice que en “tal sentido las leyes 9188 y 9212 configuran un esquema superador al haber previsto la transferencia de los delitos presupuestarios necesarios (artículo 3 ley 9188) el haber creado en el centro judicial capital , dos fiscalías de Lucha contra el Narcomenudeo; una defensora oficial especializada en narcomenudeo; dos juzgados de instrucción penal con lucha contra el narcomenudeo y en el Centro Judicial de Concepción, dos fiscalías de Lucha contra el Narcomenudeo; una defensoría oficial especializada en narcomenudeo; En el ámbito del Colegio de Jueces, dos jueces penales de lucha contra el narcomenudeo.
Finalmente señala que se “contempla la creación de una comisión interpoderes para el análisis y la evaluación de la implementación de la presente ley, el control y seguimiento de los resultados y para la colación de propuestas superadoras en materia de lucha contra el narcomenudeo en la provincia”.